N° 101250/22 Aviso del Boletín Oficial
IN TRADE CAPITAL S.R.L.
Texto del aviso
IN TRADE CAPITAL S.R.L.
30-71742415-4. Por Reunión de Socios del 28/11/22 por observación en trámite 9.473.915 se dio nueva redacción
al Art. 3 del Estatuto: A) Agente Productor de Mercado de Capitales: en los términos de la Ley N° 26.831, y sus
normas modificatorias, complementarias y reglamentarias, pudiendo realizar todas aquellas actividades que le
estén permitidas y sean compatibles, en la actualidad y/o en el futuro, incluyendo, pero sin limitarse a actividades
de asesoramiento en el ámbito del mercado de capitales, y de difusión y promoción de valores negociables,
vinculados contractualmente y bajo responsabilidad de un Agente de Negociación y/o Agente de Liquidación y
Compensación y/o Agente Asesor Global de Inversiones, en los términos indicados en las Normas de la Comisión
Nacional de Valores (T.O. 2013) y/o aquellas que las modifiquen o reemplacen en el futuro, incluyendo la facultad
de captar clientes para los Agentes de Negociación y/o Agentes de Liquidación y Compensación y/o Agentes
Asesores Globales de Inversiones, así como referenciar fondos comunes de inversión, previa suscripción de los
convenios respectivos; B) Mediante la representación, legal, comercial, financiera, o técnica de empresas del
exterior, a través de mandato y/o contratos de distribución o franquicias, de cualquier sector del comercio nacional
o internacional, compra, venta, distribución y/o licencia en general de los productos o derechos de las empresas
representadas; C) Celebrar contratos de fideicomisos en términos de los dispuesto por el Código Civil y Comercial
de la Nación, normas concordantes y/o en aquellas normas que la modifiquen, complementen o sustituyan,
pudiendo celebrar cualquiera de los tipos de contrato de fideicomiso amparados por la Legislación vigente actual
y/o futura, revistiendo la calidad de fiduciante, fiduciaria, beneficiaria y/o fideicomisaria; D) La realización de todo
tipo de mandamientos, comisiones, representaciones y consignaciones comerciales. Para la prosecución de su
objeto social, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que las leyes
vigentes y el presente estatuto autorizan, adquirir derechos, contraer obligaciones y todo aquello que se relacione
directa o indirectamente con el objeto social, pudiendo ejecutar todas las operaciones industriales, comerciales,
financieras, mobiliarias e inmobiliarias que sean necesarias y cuantos actos y contratos sean menester, para el mejor
cumplimiento del objeto precedente, inclusive intervenir en licitaciones privadas y públicas. Toda actividad que en
virtud de la materia haya sido reservada a profesionales con título habilitante se encuentran excluidas conforme las
Leyes Nº 23187 y 20488. Autorizado según instrumento privado Reunion de Socios de fecha 28/11/2022
ERICA ELIZABETH LORENZO - T°: 118 F°: 776 C.P.A.C.F.
e. 13/12/2022 N° 101250/22 v. 13/12/2022