N° 104308/22 Aviso del Boletín Oficial
MARKETING LIQUIDO S.A.
Texto del aviso
MARKETING LIQUIDO S.A.
CUIT 30-71427990-0.- Por Esc. 109 del 20/12/2022 por ante el registro 576 de C.A.B.A., se protocolizo: Acta de
Asamblea Gral Extraordinaria del 30/09/2017, en la cual se resolvió la modificación de los artículos TERCERO
Y DECIMO PRIMERO del estatuto social, los cuales quedan redactados: “Artículo tercero: La sociedad tiene
por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros en cualquier parte de la República
Argentina o del exterior las siguientes actividades: MARKETING Y PUBLICIDAD: planificar, producir e implementar
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.074 - Segunda Sección 13 Viernes 23 de diciembre de 2022
campañas de marketing, publicidad, promoción, relaciones públicas de prensa, políticas, de imagen corporativa
y otras vinculadas a las mismas. COMERCIALIZACION DE MEDIOS: comprar, vender, intermediar y comercializar
derechos de exhibición sobre todo tipo de eventos, espectáculos y exposiciones y espacios para publicidad en
medios gráficos, radio, televisión, internet y todo tipo de espectáculos y eventos. IMAGEN Y EVENTOS: representar,
explotar y manejar la imagen de deportistas, artistas, políticos, personalidades en general, empresas públicas
y privadas e instituciones. Producir y comercializar artículos de merchandising y/o sus licencias y franquicias.
Organizar, producir y realizar exposiciones, conferencias, congresos y eventos en general ya sea de carácter
científico, comercial, culturar, deportivo y/o de entretenimiento. A tales fines de sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos y contratos que las leyes vigentes
y el presente estatuto autorizan. Se deja expresa constancia de que cuando la normativa vigente así lo exija, las
actividades serán desarrolladas por profesionales matriculados. En el desarrollo de las actividades descritas en
el objeto social, la Sociedad además de crear valor económico procurará generar un impacto material, social y
ambiental, en beneficio de la sociedad, el ambiente y las personas o partes vinculadas a ésta. Artículo décimo
primero: El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para
las cuales la ley requiere poderes especiales, conforme al articulo 1881 del Código Civil y 9° del Decreto Ley
5.965/63. Podrá especialmente comprar, vender, permutar, ceder, transferir, bienes muebles, créditos, títulos,
acciones, por los precios, modalidades y condiciones, celebrar contratos de sociedad, suscribir, comprar o vender
acciones de otras sociedades, adquirir el activo y pasivo de establecimientos comerciales e industriales, operar en
toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales y/o privadas, dar y revocar poderes
especiales y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir,
contestar o desistir denuncias y querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir
derechos o contraer obligaciones a la sociedad, dejándose constancia que la presente enumeración no es taxativa
sino simplemente enunciativa. En el desempeño de su cargo, los administradores deberán tener en cuenta en
sus decisiones y actuaciones los efectos de dichas decisiones o actuaciones con respecto a los intereses de
(i) la Sociedad, (ii) sus accionistas, (iii) empleados y (iv) los clientes, proveedores y otras partes vinculadas a la
Sociedad. Asimismo, deberán velar por la protección del ambiente. El cumplimiento de la obligación antedicha por
parte de los administradores sólo podrá ser exigible por los accionistas y la Sociedad. La representación legal y
uso de la firma social corresponde al presidente o vicepresidente, en su caso”.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 109 de fecha 20/12/2022 Reg. Nº 576
maria Lorena Flores Carbonell - Matrícula: 4853 C.E.C.B.A.
e. 23/12/2022 N° 104308/22 v. 23/12/2022