N° 104017/22 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 4 - SECRETARIA ÚNICA -
Texto del aviso
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 4 - SECRETARIA ÚNICA -
DPTO. JUDICIAL DE SAN NICOLÁS - PCIA. BUENOS AIRES
Por orden del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 4 de San Nicolás, Secretaria a cargo de la Dra. María Celeste
Telechea, Departamento Judicial de San Nicolás, sito en calle Guardias Nacionales N° 47 de dicha ciudad, en los
autos caratulados “ASOCIACION CIVIL \USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION
DE CONVENIO.” Expte. N° SN - 6892 - 2022 se ha dispuesto la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA y un diario de circulación nacional, por el término de tres (3) días corridos, de
conformidad a lo ordenado en la Resolución de fecha 1 de noviembre de 2022 con el objeto hacerle saber a los ex
asociados de Mutual Federada que solicitaron la baja vía WEB, durante el período comprendido entre marzo de
2017 hasta marzo de 2022, la promoción del presente juicio a los efectos de la homologación del acuerdo arribado
por la Asociación Civil de Usuarios y Consumidores Unidos y Mutual Federada 25 de junio SPR respecto de la
modificación de la cláusula publicada en la página web de ésta última por conducto de la cual se establecía que
a los fines de solicitar la baja del servicio debía cancelarse cualquier deuda que existiera y que Mutual Federada
25 de Junio SPR se obliga a resarcirlos por las presuntas cuotas de más que hubieren tenido que abonar debido
a la posible confusión generada por tal cláusula, resarcimiento que estará compuesto por una compensación
económica equivalente al valor del costo de una cuota del Plan Joven Voluntario (cotización para individuos de 18
a 25 años) vigente a la fecha de homologación del convenio y que si no manifiestan su voluntad en contrario en la
causa, dentro del término de diez (10) días hábiles de publicado el último aviso, el acuerdo que se homologue hará
cosa juzgada a su respecto. Para acceder a la compensación económica estipulada, el ex asociado deberá remitir
su pretensión vía email a la dirección de correo smontanari@federada.com, adjuntando aquella documentación
que estime necesaria para acreditar su condición de beneficiario. El plazo para acceder al resarcimiento será el
comprendido entre la fecha de homologación del Acuerdo transaccional y el último día hábil de junio de 2023.
Cumplido el plazo precedente las partes acuerdan que el remanente del saldo que no hubiese sido afectado a la
restitución será donado a la Asociación Nicoleña de Discapacitados Visuales (ANDIVI).Se deja constancia que la
asociación actora litiga con gratuidad en los términos de los art. 53 cuarto párrafo de la ley 24.240 (texto según
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.076 - Segunda Sección 95 Martes 27 de diciembre de 2022
ley 26.361) y 25 de la Ley 13.133. San Nicolás de Diciembre de 2022 El presente Edicto se publica por 3 dìas en el
Boletin Oficial de la República Argentina. Firmado: Maria Celeste TELECHEA, SECRETARIA
e. 27/12/2022 N° 104017/22 v. 29/12/2022