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N° 105993/22 Aviso del Boletín Oficial

MAPFRE RE COMPAÑÍA DE REASEGUROS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 28 de diciembre de 2022

Texto del aviso

MAPFRE RE COMPAÑÍA DE REASEGUROS S.A.

CUIT Nº 30-71204154-0. Comunica que mediante reunión de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de

accionistas de fecha 14/04/2015 aprobó la reforma integral del estatuto social, modificando los artículos: 1, 3,

4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 29. Denominación: MAPFRE

RE, COMPAÑÍA DE REASEGUROS, S.A., Domicilio Social: Madrid, Paseo de Recoletos N° 25. Objeto social: La

práctica de todo tipo de operaciones de reaseguros permitidas por la legislación vigente, así como otras actividades

complementarias, accesorias o relacionadas con aquéllas, en cuanto sean permitidas por la legislación de seguros.

Este podrá desarrollarse parcialmente, si así lo decidiese el Consejo de Administración, mediante la titularidad

de acciones o participaciones en sociedades con objeto social idéntico o análogo. Plazo de duración: Tiempo

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.077 - Segunda Sección 18 Miércoles 28 de diciembre de 2022

indefinido. Capital social: 223.916.310,80 euros (Doscientos veintitrés millones novecientos dieciséis mil trescientos

diez euros con ochenta céntimos), representados por 72.231.066 acciones nominativas ordinarias, de 3,1 euros

de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del número 1 al 72.231.068. Órgano de Administración

y Representación: Consejo de Administración compuesto por 5 a 16 miembros, sujeto a determinación directa o

indirecta de la Junta General. Duración de los mandatos: 4 años, siendo reelegibles los Consejeros hasta alcanzar

los 70 años. Representante legal: Presidente del Consejo de Administración. Cierre de ejercicio: 31 de diciembre.

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 2573 de fecha 10/07/2018 Reg. Nº 5081341

Esteban Daniel Gramblicka - T°: 54 F°: 632 C.P.A.C.F.

e. 28/12/2022 N° 105993/22 v. 28/12/2022