N° 106926/22 Aviso del Boletín Oficial
CONFECCIONES PREMIUM S.R.L.
Texto del aviso
CONFECCIONES PREMIUM S.R.L.
Por escritura del 19/12/2022 se constituyo la sociedad. Socios: Graciela Alicia Torres, argentina, casada, comerciante,
24/01/1978, DNI 26.146.690, Luis Viale 1245, CABA; 285.000 cuotas y Karim Ivonne Favre Aldrey, argentina, soltera,
comerciante, 24/04/1977, DNI 18.830.624, Doctor Luis Belaustegui 2600, CABA, 15.000 cuotas; Plazo: 30 AÑOS,
Objeto: a) Comerciales: Compra, venta, importación, exportación, representación, consignación y distribución
de ropas, prendas de vestir, de indumentaria y de accesorios, fibras, tejidos, hilados y las materias primas que
los componen. Industriales: Fabricación, elaboración y transformación de productos y subproductos de fibras
textiles, hilados y tejidos naturales o artificiales y la confección de ropa y prendas de vestir y de accesorios en
todas sus formas. Fabricación, comercialización de géneros, lanas, cueros, bordados, para prendas de seguridad
industrial ya sean o no ignifugas, para combatir o prevenir incendios, ropa de trabajo. b) Peinado, hilado, tejeduría
y procesamiento integral de lanas, géneros, hilos, sus productos y subproductos, tintorería, estampados, aprestos
de géneros y sus afines. c) Elaboración o fabricación de bordados de cualquier tipo sobre telas de fibras naturales,
artificiales o sintéticas y su comercialización al por mayor o al menudeo, pudiendo previamente imprimirle al
producto para su terminación procesos de grabado, pintado, planchado o aplicados. d) Comercialización de
máquinas textiles y de productos de seguridad industrial relacionados con la indumentaria. e) Representaciones
y mandatos relacionados con su objeto social. Capital: $ 300.000, dividido en 300.000 cuotas de $ 1 cada una
de valor nominal. Cierre de ejercicio: 31/12; Gerente: Graciela Alicia Torres con domicilio especial en la sede;
Sede: Añasco 2320, CABA. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 309 de fecha 19/12/2022 Reg. Nº 438
Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.
e. 30/12/2022 N° 106926/22 v. 30/12/2022