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N° 403/22 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - PARANÁ - ENTRE RÍOS

Edictos Judiciales lunes, 2 de enero de 2023

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - PARANÁ - ENTRE RÍOS

EDICTO: por disposición de la Sr Presidente, Dr. Roberto M López Arango; se ha ordenado comunicar la parte

resolutiva en lo pertinente de fs. 130/131, de la causa FPA 473/2015/TO1 caratulado: “MARTINEZ, MAXIMILIANO

ALEJANDRO” que tramitara ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación

del SOBRESEIMIENTO de Maximiliano Alejandro MARTÍNEZ, D.N.I N° 36.704.162, con domicilio en calle Canónigo

Baños N° 2020, de la ciudad de Paraná, E.R, por la supuesta comisión del delito de suministro de estupefacientes

a título gratuito y para consumo personal de quien lo recepta, agravado por el lugar de acaecimiento y en grado de

tentativa (arts. 5 último párrafo y 11 inc. “e” de la Ley 23.737 y art. 42, C.P. (arts. 336 inc. 1º, 334 y 361, CPPN).de

acuerdo al siguiente texto que se transcribe: RESOLUCIÓN N° 403/22 ///raná, 14 de octubre de 2022.- VISTO: El

presente expediente FPA 473/2015/TO1 caratulado: “MARTINEZ, MAXIMILIANO ALEJANDRO” y; CONSIDERANDO:

RESUELVE: 1º) MODIFICAR la calificación legal aplicable a la conducta del imputado Maximiliano Alejandro

MARTÍNEZ considerándola subsumida en el art. 5 último párrafo y art. 11 inc. “e”, ambos de la ley 23.737 y art. 42

del Código Penal, esto es, en el delito de suministro de estupefacientes a título gratuito y para consumo personal

de quien lo recepta, agravado por el lugar de acaecimiento y en grado de tentativa.- 2º) DECLARAR la extinción

de la acción penal por prescripción para conocer el delito que le fuera imputado y, en consecuencia, SOBRESEER

(arts. 59 inc. 3º y 62 inc. 2º, CP) a Maximiliano Alejandro MARTÍNEZ, D.N.I N° 36.704.162, argentino, de estado

civil soltero, changarín, nacido el día 18/04/1992, en la Ciudad de Paraná, con domicilio en calle Canónigo Baños

N° 2020, de la ciudad de Paraná, E.R, con instrucción secundaria completa, hijo de Héctor Alejandro y de Jorgelina

Alejandra Peralta por la supuesta comisión del delito de suministro de estupefacientes a título gratuito y para

consumo personal de quien lo recepta, agravado por el lugar de acaecimiento y en grado de tentativa (arts. 5 último

párrafo y 11 inc. “e” de la Ley 23.737 y art. 42, C.P. (arts. 336 inc. 1º, 334 y 361, CPPN).- 3º) DESTRUIR el material

estupefaciente conforme constancia de fs. 104 (cfme. art. 30, Ley 23.737.- 4º) EXIMIR de costa al sobreseído (art.

531, CPPN).- REGISTRESE, publíquese, notifíquese, líbrense los despachos del caso y, en estado, archívese.

Fdo. Roberto M. López Arango –Presidente- ante mí Valeria Iriso –Secretaria-“----- Dr. Roberto M. Lopez Arango

Juez - Dra. Valeria Iriso Secretaria de Cámara

e. 28/12/2022 N° 105776/22 v. 03/01/2023