N° 2213/23 Aviso del Boletín Oficial
LEYDEN S.A.I.C. Y F.
Texto del aviso
LEYDEN S.A.I.C. Y F.
CUIT 30-50139095-6 Se comunica a los señores accionistas de LEYDEN S.A.I.C. y F. (la “Sociedad”) que la
Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 18 de Noviembre de 2022, ha dispuesto el pago de un dividendo
en efectivo que asciende a $ 33.562.295,00.-, correspondiente a utilidades del ejercicio cerrado el 30 de junio de
2022, a abonarse en seis cuotas mensuales y consecutivas, de acuerdo al siguiente cronograma:
CUOTA IMPORTE FECHA
1 $ 5.593.715,85 27/01/2023
2 $ 5.593.715,83 27/01/2023
3 $ 5.593.715,83 17/02/2023
4 $ 5.593.715,83 17/03/2023
5 $ 5.593.715,83 17/04/2023
6 $ 5.593.715,73 17/05/2023
En la cuota N.º 1 corresponde un dividendo en efectivo de $ 0,1147061762 por cada acción de $ 1.- valor nominal,
lo cual representa el 11,47061762% del capital nominal de $ 48.765.603,00.-
En las cuotas N.º 2 a la N.º 6 corresponde un dividendo en efectivo de $ 0,1147061758 por cada acción de $ 1.- valor
nominal, lo cual representa el 11,47061758% del capital nominal de $ 48.765.603,00.-
Asimismo se ratifica que el monto total de dividendos a distribuir es de $ 33.562.295,00.- (en seis cuotas) será de
$ 0,6882370551 por cada acción de $ 1 valor nominal, lo que representa el 68,82370551% del capital nominal de
$ 48.765.603,00.- según el cronograma más arriba detallado.
Tienen derecho a percibir el dividendo las dos clases de acciones representativas del capital social (Acciones
Clases A y B).
Los pagos se efectuarán en el domicilio social sito en la calle Anchoris 273, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
respecto de las acciones cuyo registro está a cargo de la Sociedad, y por intermedio de la Caja de Valores S.A., en
su domicilio sito en 25 de Mayo 362, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, respecto de las acciones cuyo registro
lleva esa entidad. En ambos domicilios, los pagos se efectuarán en el horario de 10 a 15 horas.
Se informa que de cada una de las cuotas de dividendos se deducirá la retención fijada por el art. 4to de la
ley 26.893 en concepto de Impuesto a las Ganancias, mientras que la retención por Impuesto sobre los Bienes
Personales que la sociedad ya ha abonado se retendrá únicamente de la primera cuota de dividendos.
Designado según instrumento privado acta de directorio N° 691 de fecha 30/11/2020 GUILLERMO SAUL BIANCHI
- Presidente
e. 18/01/2023 N° 2213/23 v. 18/01/2023