N° 6231/23 Aviso del Boletín Oficial
BIR CLANN S.R.L.
Texto del aviso
BIR CLANN S.R.L.
Rectifica publicación de 22/12/2022 Nro. 103972/22. Se reforma artículo tercero y queda de la siguiente manera:
“La sociedad tiene por objeto desarrollar por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, o por el sistema
de franquicia, en el país o en el extranjero, tanto con bienes propios como de terceros, las siguientes actividades:
CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA: Mediante la construcción, dirección, ejecución y proyectos de obras de
arquitectura e ingeniería, públicas o privadas; así como la compra, venta, permuta, consignación, locación o
alquiler, arrendamiento, loteo, administración y explotación de toda clase de inmuebles, ya sean urbanos o rurales,
obras civiles, fraccionamientos, campos, incluyendo la administración, financiación y explotación de inmuebles,
ya sean propios o de terceros; toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior
loteo de parcelas destinadas a vivienda, el Desarrollo de emprendimientos urbanísticos tanto para residencia
permanente como para fines de semana y/o turísticos así como complejos y/o conjuntos de casas, departamentos
y hoteles, desarrollo de fideicomisos inmobiliarios, acuerdos de inversión, UTE y consorcios de desarrollos
inmobiliarios. Participar en toda clase de negocios, empresas y/o emprendimientos, en cumplimiento de su objeto
social. Asimismo, la sociedad podrá: (a) adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer toda clase de actos
que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto social, y cualquier otra norma que le sea aplicable; (b)
fundar, constituir, asociarse con, o participar con personas físicas y personas jurídicas de todo tipo constituidas
y/o a constituirse en el país o en el extranjero; (c) celebrar toda clase de convenios, compra y venta de derechos
y realizar todos los actos y contratos que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social. Se excluyen
expresamente las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el
concurso público. Las actividades que así lo requieran serán ejercidas por profesionales con título habilitante.”
Autorizado según instrumento privado COMPLEMENTARIA de fecha 04/01/2023
Magdalena Elizabeth Cords Ruiz - T°: 47 F°: 936 C.P.A.C.F.
e. 09/02/2023 N° 6231/23 v. 09/02/2023