N° 6938/23 Aviso del Boletín Oficial
MOLINO CAÑUELAS S.A. COMERCIAL INDUSTRIAL,
Texto del aviso
MOLINO CAÑUELAS S.A. COMERCIAL INDUSTRIAL,
FINANCIERA, INMOBILIARIA Y AGROPECUARIA
“MOLINO CAÑUELAS SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, FINANCIERA, INMOBILIARIA Y AGROPECUARIA”
CUIT 30507950848) “Conforme lo pactado en el Artículo 2.1. párrafo segundo del Contrato de Factoraje celebrado
el día 03/07/19 (el “Contrato de Factoraje”) entre “MOLINO CAÑUELAS SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL,
FINANCIERA, INMOBILIARIA Y AGROPECUARIA” con domicilio en la calle John F. Kennedy 160, Cañuelas,
Buenos Aires, en adelante el Factoreado, y “BANCO SUPERVIELLE SOCIEDAD ANONIMA”, con domicilio en la
calle Bartolomé Mitre 434, Capital Federal, en adelante el Factor, y conforme lo establecen los artículos 1421 y
concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, en forma adicional a las notificaciones contenidas en
los instrumentos de venta correspondientes, se notifica a todos los deudores cedidos, acreedores y terceros
interesados que el día 13/12/2022 el Factor –conforme los términos pactados en el Contrato de Factoraje- ejecutó
la retrocesión a favor del Factoreado de ciertos Deudores Cedidos bajo el Contrato la cual comprende todos los
derechos y acciones de cobro -presentes y futuros- emergentes de la Relación Comercial que hubiere motivado
y que motiven la emisión de Documentos por parte del Factoreado, a partir del día 13/12/2022, pagaderos por
los estos Deudores Cedidos Excluidos del ANEXO II del Contrato. Queda aclarado que los Deudores Cedidos
son todos y cada uno de los deudores cedidos incluidos en el ANEXO II del Contrato de Factoraje y todos y cada
uno de los nuevos deudores cedidos que en lo sucesivo se incorporen por acuerdo de las Partes al Contrato
de Factoraje conforme las previsiones en él establecidas. Habiéndose efectuado oportunamente la publicación
de la cesión de créditos presentes y futuros de nuevos deudores incluidos bajo el ANEXO II, la presente notifica
la nómina vigente de los deudores cedidos a partir del día 13/12/2022, conforme los términos de la cláusula 2.1
del Contrato de Factoraje. Se deja constancia que obra en poder del escribano Juan Pablo Molinari el detalle y
texto ordenado de la totalidad de deudores cedidos vi-gentes que integran el ANEXO II desde la celebración del
contrato hasta la fecha de publicación de la presente como así de los Deudores Cedidos Excluidos”.- Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 51 de fecha 07/02/2023 Reg. Nº 24
Jorge Alberto Molinari - Matrícula: 2116 C.E.C.B.A.
e. 13/02/2023 N° 6938/23 v. 13/02/2023