N° 7315/23 Aviso del Boletín Oficial
MONTEMAR COMPAÑÍA FINANCIERA S.A.
Texto del aviso
MONTEMAR COMPAÑÍA FINANCIERA S.A.
30-58138551-6. Emisión de Obligaciones Negociables Simples Privadas en Dólares Estadounidenses Serie II
(ONSP Serie II) por Valor Nominal total de hasta U$S 500.000 (Dólares Estadounidenses quinientos mil), con garantía
común. Conforme al art. 9 y 10 de la Ley 23.576, modificada por las leyes 23.962 y 27.444 y reglamentaciones
vigentes, MONTEMAR COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. (la “Sociedad”), mediante reunión de Directorio del 06 de
Febrero de 2023 aprobó la Emisión de Obligaciones Negociables Simples Privadas Serie II (“ONSP II”) conforme a
los siguientes Términos y Condiciones: A.- TÉRMINOS Y CONDICIONES:(i) Monto de Emisión de las ONSP Serie
II. Forma: V/N U$S 500.000 (Dólares Estadounidenses quinientos mil). Las ONSP Serie II serán nominativas, no
endosables, no convertibles, de valor nominal U$S 10.000 (Diez mil Dólares Estadounidenses) cada una. Serán
escriturales y se inscribirán en el libro de ONSP que el Emisor llevará en su carácter de Agente de Registro,
conforme lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley de Obligaciones Negociables.(ii) Clases: Se emitirá una única
clase de ONSP Serie II. La misma será por hasta un V/N de U$S 500.000 (Dólares Estadounidenses quinientos mil)
(iii) Moneda de Emisión, Integración y Pago: Dólares Estadounidenses.(iv) Fecha de Emisión: La Emisión para la
única Clase será en el período comprendido entre el 13/02/2023 y el día 24/02/2023, fecha en que tendrá lugar la
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.111 - Segunda Sección 24 Martes 14 de febrero de 2023
aceptación de las Ofertas de Suscripción que formulen los interesados en adquirir las ONSP Serie II.(v) Precio de
colocación. Suscripción e Integración: Las ONSP Serie II se colocarán en forma privada al 100% de su valor nominal.
El precio de suscripción a la Fecha de Emisión será considerado a su valor par, es decir, la suma de U$S 10.000
(diez mil dólares) por cada valor nominal unitario de ONSP Serie II. La integración del precio de suscripción se
realizará al contado en la Fecha de suscripción por el monto total de hasta U$S 500.000 (dólares estadounidenses
quinientos mil) y hasta el 24 de febrero de 2023. Si en el período de Emisión no existieran interesados en suscribir
ONSP Serie II por hasta el Monto de Emisión, la Entidad podrá, a su exclusivo criterio: (a) prorrogar el periodo de
suscripción por un plazo máximo de cinco días hábiles, en cuyo caso publicará edictos por un día estableciendo
una nueva Fecha de Emisión o (b) reducir el monto de emisión hasta la suma efectivamente colocada, pudiendo
reabrir el periodo de suscripción por el Monto de Emisión residual cuando lo considere pertinente. En este último
supuesto, al precio de suscripción se le deberán adicionar los intereses devengados desde la Fecha de Emisión
original hasta la Fecha de Emisión de Monto de Emisión residual.
Los Titulares deberán obligatoriamente abrir una cuenta corriente o caja de ahorros en Dólares Estadounidenses
en la Entidad, a su exclusivo nombre y cargo que mantendrán abierta durante todo el periodo de vigencia de
las ONSP. Una vez que resulten aceptadas las Ofertas de Suscripción se considera que la Entidad se encuentra
expresamente autorizada a debitar en forma directa el Precio de Suscripción de las ONSP de sus respectivas
cuentas o cajas de ahorro en la Fecha de Emisión. Las ONSP serán colocadas exclusivamente a quienes tengan
la condición de inversores calificados, de acuerdo a lo previsto en el punto 3.3 de las normas sobre “Depósitos
e inversiones a plazo” del BCRA.(vi) Tasa de Interés Aplicable: Las ONSP Serie II devengarán intereses fijos
desde la Fecha de Emisión hasta la Fecha de Pago de Servicios. La Tasa de Interés Aplicable será equivalente
al 9,5% (nueve y medio por ciento) nominal anual. El monto de los intereses será calculado sobre la cantidad de
días efectivamente transcurridos y en base a un año de 365 días.(vii) Período de Devengamiento: El Período de
Devengamiento para las ONSP Serie II será de 180 (ciento ochenta) días corridos desde la Fecha de Emisión hasta
la Fecha de Pago de Servicios, sin perjuicio del derecho del Emisor de rescatarlas anticipadamente conforme a
lo establecido en el punto (xii) subsiguiente.(viii) Servicios de Interés: el primer pago de los intereses devengados
tendrá lugar transcurridos 30 días desde la fecha de cada suscripción, y luego cada 30 días corridos (pagos
mensuales de intereses) hasta cubrir los 180 días de devengamiento.(ix) Amortización: el capital de las ONSP,
será amortizado por la Entidad, en un único pago, equivalente al 100% (cien por ciento) del valor nominal de
las ONSP, al término de los 180 días contados desde la fecha de cada suscripción, sin perjuicio del derecho
del Emisor de rescatarlas anticipadamente conforme a lo establecido en el punto (xii) subsiguiente.(x) Fecha de
Pago de Servicios: Para la única Clase la Fecha de Pago de Servicios de intereses tendrá lugar mensualmente,
siendo el primer pago a los treinta días contados desde cada suscripción. Si cualquier pago de capital o intereses
de las ONSP debiera ser abonado en una fecha que no fuera un Día Hábil, dicho pago será efectuado en el Día
Hábil inmediatamente posterior, y tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual
vencía el mismo, sin que se devenguen intereses adicionales.(xi) Forma y condiciones de pago: Todos los pagos
efectuados con causa en las ONSP Serie II, tanto de capital como de intereses, serán realizados por el Emisor en
Dólares Estadounidenses no siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 765 del Código Civil y Comercial de
la Nación, mediante acreditación en la cuenta abierta por los Titulares en Montemar, sirviendo el comprobante de
la acreditación de los fondos de suficiente recibo y carta de pago. En caso de resultar imposible la acreditación en
la referida cuenta, el domicilio de pago de las ONSP será el de Montemar, sito en calle San Martín 1152, Ciudad de
Mendoza, Provincia de Mendoza, República Argentina.(xii) Rescate: Una vez transcurridos 30 días desde la Fecha
de Emisión, en cualquier momento, la Compañía tendrá el derecho, a su sola opción, de rescatar las ONSP Serie II
para su total cancelación. El precio de rescate será equivalente al saldo de capital pendiente de amortización, más
los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate. Bajo ningún supuesto los Tenedores
tendrán derecho a solicitar el rescate anticipado total o parcial de las ONSP Serie II. La voluntad de rescatar
será comunicada por el Emisor a los Tenedores con no menos de 5 (cinco) y no más de 15 (quince) días hábiles
de antelación, mediante notificación fehaciente dirigida al domicilio que cada tenedor hubiere consignado en la
Oferta de Suscripción y mediante la publicación por 1 (un) día hábil en el Boletín Oficial de la República Argentina.
En la fecha determinada de rescate los fondos correspondientes serán acreditados en la cuenta abierta por el
o los Titulares en la Entidad considerándose rescatadas mediante la sola acreditación de los fondos. El Emisor
procederá a asentar el rescate y la correspondiente cancelación de las ONSP en el libro de registro de Tenedores
de ONSP Serie II. B. -DATOS DE LA EMISORA: MONTEMAR COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. se encuentra inscripta
en el Registro Público de Comercio de Mendoza el 10 de octubre de 1968, bajo el Nº 479, fs. 206, T° 39, y N° 1269,
fs. 69, T° 5° A Registro Público de Sociedades Anónimas. Tiene su sede social inscripta en Avda. San Martín
1152 de la ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza – República Argentina. Tiene un plazo de duración de 50
años contados a partir de la inscripción registral de su prórroga, realizada el 24 de julio de 2018. Objeto social: La
Sociedad tiene por objeto social actuar como compañía financiera en los términos de la Ley 21.526 de Entidades
Financieras. Para el cumplimiento de su objeto la Sociedad goza de plena capacidad jurídica pudiendo realizar
todos los actos, negocios y negociaciones tendientes al mismo. Capital social al 30/09/2022: $ 8.500.000 (pesos
ocho millones quinientos mil). Patrimonio neto al 30/09/2022: $ 957.502.000 (pesos novecientos cincuenta y siete
millones quinientos dos mil). Al día de la fecha existen obligaciones negociables emitidas con anterioridad por un
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.111 - Segunda Sección 25 Martes 14 de febrero de 2023
monto V/N U$S 550.000 (Dólares Estadounidenses quinientos cincuenta mil), las mismas fueron emitidas en dos
Clases de ONSP Serie I, la Clase A por hasta un V/N de U$S 400.000 (Dólares Estadounidenses cuatrocientos
mil) y la Clase B por hasta un V/N de U$S 150.000 (Dólares Estadounidenses ciento cincuenta mil). Ambas Clases
se encuentran canceladas a la fecha de esta publicación. No existen otras obligaciones negociables emitidas
con anterioridad que no hayan sido canceladas a la fecha de esta publicación, así como tampoco deudas con
privilegios o garantías que la emisora tenga contraídas al tiempo de la emisión. Autorizado según instrumento
privado Acta de Directorio de fecha 06/02/2023
Ramiro Santurio - T°: 118 F°: 308 C.P.A.C.F.
e. 14/02/2023 N° 7315/23 v. 14/02/2023