N° 7737/23 Aviso del Boletín Oficial
SAN ATANASIO ENERGÍA S.A.
Texto del aviso
SAN ATANASIO ENERGÍA S.A.
CUIT: 30-70969733-8. Por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 30.12.2022 por unanimidad
se resolvió: (i) reformar el artículo tercero del Estatuto Social que quedó redactado de la siguiente manera:
“Tercero: La sociedad tiene por objeto realizar por sí, por cuenta de terceros, o asociada a terceros, las siguientes
actividades: la instalación, operación y mantenimiento de generadores y cogeneradores de energía de diverso
tipo, en especial pero no exclusivamente sobre la base de recursos fósiles, biomasa, biogás y/o renovables, y la
comercialización de la energía eléctrica producida y sus eventuales derivados, enunciando entre ellos, sin limitar
otros, hidrogeno y carbono; la gestión y comercialización de certificados de energía renovable; la exploración,
explotación y comercialización de hidrocarburos incluyendo, sin limitación, petróleo, gas natural y sus derivados;
la difusión, promoción, elaboración y ejecución de proyectos de eficiencia energética e implantación sobre la base
de recursos fósiles, biomasa, biogás y/o renovables, así como el asesoramiento sobre los mismos; la puesta en
marcha de servicios relacionados con la ingeniería de proyectos de eficiencia energética y de instalaciones de
producción que utilicen recursos fósiles, biomasa, biogás y/o renovables y, en particular, servicios de análisis,
estudios de ingeniería o consultoría energética, medioambiental, técnica y económica, relacionada con dicho
tipo de instalaciones, así como la operación y el mantenimiento de instalaciones propias o de terceros. A tales
fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos
y contratos que tiendan al cumplimiento del objeto social y no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto.”
Autorizado según instrumento privado Asamblea de fecha 30/12/2022
Maria Florencia Monteverde - T°: 132 F°: 236 C.P.A.C.F.
e. 15/02/2023 N° 7737/23 v. 15/02/2023