N° 8582/23 Aviso del Boletín Oficial
MUJER FINANCIERA S.A.S.
Texto del aviso
MUJER FINANCIERA S.A.S.
CUIT N° 30-71664574-2 comunica: por Asamblea de Reunión de Administradores del 2/12/2022 se modificó el
Artículo Tercero del Estatuto social, agregándose al objeto existente el siguiente párrafo: “Artículo Tercero.- …
Así como también, la Sociedad tendrá por objeto a las siguientes actividades: Agente Productor de Agente de
Negociación y Agente Asesor de Mercado de Capitales, en los términos de la Ley 26.831, sus normas modificatorias,
complementarias y reglamentarias (la Normativa Aplicable). Asimismo, la Sociedad podrá realizar las actividades
complementarias en el ámbito del mercado de capitales que autorice la normativa aplicable, cumpliendo en cada
caso con la misma y siempre respetando las incompatibilidades que correspondan al registro en las categorías
de agentes supervisados por la Comisión Nacional de Valores y previstas por la Normativa Aplicable. En todos
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.114 - Segunda Sección 29 Viernes 17 de febrero de 2023
los casos, las actividades de la Sociedad (que podrá incluir otras no alcanzadas por las enunciadas precedentes
pero autorizadas por la Comisión Nacional de Valores) requerirán el cumplimiento de las normas de la Comisión
Nacional de Valores. (ii) administración por cuenta de terceros de negocios financieros, y en especial, los
relacionados con los títulos de crédito, títulos valores públicos o privados, representaciones, cobranzas, mandatos,
comisiones, consignaciones y asesoramiento, con exclusión de aquello que en virtud de la materia haya sido
reservado a profesionales con títulos habilitantes; la actuación como Agente de suscripciones o servicios de
renta y amortización; administración de carteras de valores, fideicomisos financieros como Agente Fiduciario,
Fideicomisos no financieros u ordinarios y cualquier actividad financiera adecuada a la normativa vigente en la
materia; como agente colocador de cuotas partes de Fondos Comunes de Inversión, conforme a las normas de la
Comisión Nacional de Valores y los Mercados del país. La Sociedad no realizará las actividades reguladas por la
Ley de Entidades Financieras u otras que requieran el concurso público.” Autorizado según instrumento privado
ACTA de fecha 02/12/2022
MARIA DE LOS ANGELES BERNACHEA - T°: 76 F°: 956 C.P.A.C.F.
e. 17/02/2023 N° 8582/23 v. 17/02/2023