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N° 8868/23 Aviso del Boletín Oficial

DELIVERY HERO KITCHENS S.A.S.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas OTRAS SOCIEDADES miércoles, 22 de febrero de 2023

Texto del aviso

DELIVERY HERO KITCHENS S.A.S.

CUIT: 30-71684672-1. Por Reunión de Socios Autoconvocada de fecha 13/06/2022 se resolvió: (i) aumentar

el capital social en la suma de $ 30.000.000, es decir, de $ 14.964.000 a $ 44.964.000; (ii) Emitir 30.000.000

acciones ordinarias escriturales de valor nominal $ 1 (Pesos un) por acción y con derecho a un voto por acción. El

accionista DELIVERY HERO KITCHENS LATAM HOLDING S.A. suscribió en el acto 30.000.000 acciones ordinarias

escriturales. El accionista DELIVERY HERO KITCHENS LATAM HOLDING S.A. integró en el acto 75% de las

acciones suscriptas, debiendo integrar el 25% restante en un plazo de dos años a partir del 13/06/2022. El capital

social se encuentra conformado de la siguiente manera: DELIVERY HERO KITCHENS LATAM HOLDING S.A.

44.964.000 acciones ordinarias escriturales de valor nominal $ 1 (Pesos un) por acción y con derecho a un voto por

acción, representativas del 100% del capital social. (iii) Reformar el artículo cuarto del estatuto social, quedando

redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO: Capital. El Capital Social es de ARS 44.964.000 (Pesos

argentinos, cuarenta y cuatro millones, novecientos sesenta y cuatro mil), representando por igual cantidad de

acciones ordinarias escriturales, de $ 1 (un peso) de valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El

capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el art. 44 de la Ley n° 27.349.

Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas,

según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo

preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo con las condiciones de emisión. Podrá acordársele también

una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso de

capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho a uno o cinco votos, según se resuelva

emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en

el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades n° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir

a las reuniones de socios con voz”. Autorizado según instrumento privado Acta de Reunión de Socios de fecha

13/06/2022

Cecilia REMIRO VALCARCEL - T°: 129 F°: 278 C.P.A.C.F.

e. 22/02/2023 N° 8868/23 v. 22/02/2023