N° 1544/23 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES
EDICTO: Por disposición de Sr. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes,
Dr. FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5)
días, de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 118, de fecha 11 de noviembre de 2022, en la causa Nº1544/23 FCT
9070/2019/TO1/15 caratulada: “VARGAS PEDROZA, FRANKLI Y OTRO s/INFRACCION ART. 303”, respecto de:
VARGAS PEDROZA, FRANKLI, D.N.I. Nº 95.169.314, pasaporte N° 1114058910AN614370, nacido el día 24 de
Noviembre de 1987, en Agustín Codazzi, departamento Cesar, República de Colombia, 36 años de edad, que
sabe leer y escribir, nivel de instrucción secundario completos, ocupación o profesión soldador, último domicilio
en Argentina, Gral Roca Nº946 de la cuidad de Bella Vista, Provincia de Corrientes, vive en el país desde 2012..-,
la que dispone: “SENTENCIA Nº 118. CORRIENTES, 11 de Noviembre de 2022.- Y VISTOS: Por los fundamentos
que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) … 2º) CONDENAR A VARGAS PEDROZA, FRANKLI.
DNI Nº95.169.314, pasaporte Nº1114058910AN614370, ya filiado en autos, como coautor penalmente responsable
del delito de usura, agravada por la habitualidad (art. 175 bis del CP), en concurso real (art. 55 del CP) con los
delitos de asociación ilícita (art. 210 del CP) y lavado de activos de origen delictivo (art. 303 párr. 1 del CP), este
último agravado por haber sido cometido con habitualidad y como miembro de una asociación o banda formada
para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza (art. 303, párr. 2, inc. a), todo ello en carácter de
coautor (art. 45 del CP), a la pena de seis (6) años de prisión, decomiso de los bienes secuestrados, multa de
Pesos Veinte Mil ($ 20.000) y accesorias legales. .- 3) … 4º) … 5º) … 6º) … 7º) … 8º) … 9º) REGISTRAR, agregar
el original al expediente, cursar las comunicaciones correspondientes y una vez firme la presente practicar por
secretaria los cómputos de penas correspondientes, fijando las fechas de sus vencimientos (artículo 493 C.P.P.N.)
y oportunamente archivar..:Fdo.:– Dr. Fermín Amado Ceroleni – Juez de Cámara .- Ante mí: Dr. Mario Anibal Monti.-
Secretario de Cámara – Tribunal Oral en lo Criminal Federal – Corrientes.- Dr. FERMIN AMADO CEROLENI Juez
- Dr. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCION PENAL
e. 22/02/2023 N° 8939/23 v. 28/02/2023