N° 9280/23 Aviso del Boletín Oficial
HAP CONSULTORES S.R.L.
Texto del aviso
HAP CONSULTORES S.R.L.
CONSTITUCIÓN: Por Instrumento Privado del 16/02/2023. Capital $ 100.000. GERENTE Y SOCIO: Hugo Andrés
PIPARUOLO, argentino, nacido el 11/08/1982, DNI 29.698.057, C.U.I.T. 23-29698057-9, casado, contador; suscribe
900 cuotas sociales valor nominal $ 100, 1 voto por cuota, integra 22500 pesos; SOCIA: Melany LUCERO, argentina,
nacida el 01/11/1991, DNI 36.635.800, C.U.I.T. 27-36635800-0, casado, empresaria, ambos domiciliados en la calle
La Quena 1935 CABA, suscribe 100 cuotas sociales valor nominal $ 100, 1 voto por cuota, integra 2500 pesos.-
Domicilios especiales y sede social calle La Quena 1935 CABA. PLAZO: 30 años a contar desde la inscripción
en IGJ. OBJETO: Proveer a sus socios de la estructura material y empresarial necesaria para que los mismos en
forma coordinada o individual, por sí o a través de terceros, puedan ejercer las incumbencias profesionales que
autoriza la Ley 20.488 para los graduados en Ciencias Económicas. Para el cumplimiento de sus fines, la Sociedad
desarrollará su objeto, según la respectiva incumbencia profesional, bajo la actuación, responsabilidad y firma de
cualquiera de sus socios conforme las respectivas normas legales y reglamentarias que rigen la materia, en función
de la incumbencia particular del firmante. Los profesionales actuaran bajo su propia responsabilidad conforme a
las normas legales y reglamentarias que rigen la materia. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos, contraer obligaciones, incluso las prescriptas por el artículo 375 y concordantes del Código Civil
y Comercial de la Nación y por el decreto ley 5965/63; y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o
por este contrato, pudiendo realizar todos los actos o contratos que directa o indirectamente se relacionen con el
objeto social, pudiendo realizar la financiación de las operaciones sociales obrando como acreedor prendario y/o
hipotecario, y realizar todas las operaciones necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación vigente
sin encontrarse incluida en la ley de entidades financieras. Las actividades que así lo requieran serán ejercidas
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.116 - Segunda Sección 20 Jueves 23 de febrero de 2023
por profesionales con título habilitante según las respectivas reglamentaciones. Cierre 31/12. Autorizado según
instrumento privado Privado de fecha 16/02/2023
Fernando German Pranteda - T°: 139 F°: 49 C.P.A.C.F.
e. 23/02/2023 N° 9280/23 v. 23/02/2023