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N° 10398/23 Aviso del Boletín Oficial

FARMAMIA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 27 de febrero de 2023

Texto del aviso

FARMAMIA S.A.

30-71766364-7 Por Asamblea General Extraordinaria del 05/10/2022 se resolvió aumentar el capital social en

$ 116.000, pasando el mismo de $ 500.000 a la suma de $ 616.000, reformando en consecuencia el artículo cuarto

del estatuto social, bajo el texto que se transcribe a continuación: “CAPITAL SOCIAL ACCIONES. ARTICULO

CUARTO: CAPITAL SOCIAL. ACCIONES. El capital social se fija en la suma de $ 616.000.- (Pesos seiscientos

dieciséis mil), representado por: (i) 100.000 acciones Clase A, ordinarias, escriturales, de 1 (un) voto por acción y

$ 1 (pesos uno) valor nominal cada una (las “Acciones Ordinarias Clase A”) y (ii) 516.000 acciones preferidas con

voto, escriturales, de 1 (un) voto por acción y $ 1 (pesos uno) valor nominal cada una (las “Acciones Preferidas

con Voto”), que otorgarán en conjunto, en todo momento y cualquiera sea el número de Acciones Preferidas con

Voto emitidas, (i) el derecho a recibir el 75% de cualquier distribución que realice la Sociedad (sea en concepto

de dividendos, reducción o reintegro de capital o por cualquier otro concepto –con excepción de lo previsto del

apartado (b) siguiente) y (ii) el 75% de los votos de la Sociedad y que se regirán por las siguientes condiciones

de emisión: (a) Monto Máximo: El monto máximo que se podrá aportar bajo la forma de suscripción de Acciones

Preferidas con Voto será de hasta Dólares tres millones sesenta mil (US$ 3.060.000) (o su equivalente en Pesos) (el

“Monto Máximo del Aporte”). A los efectos del cómputo del Monto Máximo del Aporte, cada aporte en Pesos será

convertido en Dólares al tipo de cambio vigente a la fecha de realización del aporte en cuestión. (b) Preferencia: La

preferencia otorgada a las Acciones Preferidas con Voto consiste en una prioridad en la liquidación de la Sociedad.

Al producirse la liquidación o disolución de la Sociedad o en caso de quiebra de la Sociedad, los titulares de las

Acciones Preferidas con Voto tendrán derecho, antes que ningún activo de la Sociedad sea distribuido entre los

titulares de las acciones ordinarias, pero después de la distribución de dichos activos entre los acreedores de

la Sociedad, a recibir activos de la Sociedad disponibles para su distribución a los accionistas, en efectivo o en

bienes a su justo valor de mercado, según lo determine el Directorio de buena fe, por un monto equivalente al

precio de suscripción en dólares de las Acciones Preferidas con Voto (el “Precio de Liquidación”). Después de

realizado el pago del Precio de Liquidación en forma completa, los titulares de las Acciones Ordinarias Clase A

de la Sociedad y los titulares de las Acciones Preferidas con Voto tendrán derecho a recibir todos los activos

remanentes a ser pagados y/o distribuidos conforme las siguientes proporciones: (y) Titulares de las Acciones

Ordinarias Clase A: 25% y (z) Titulares de las Acciones Preferidas con Voto: 75%. Si al producirse la liquidación

o disolución de la Sociedad, sea ésta voluntaria o involuntaria, los activos de la Sociedad fueran insuficientes

para realizar el pago del Precio de Liquidación, la Sociedad deberá distribuir dichos montos disponibles entre

los titulares de las Acciones Preferidas con Voto. (c) Conversión: Las Acciones Preferidas con Voto se podrán

convertir (a opción de la mayoría de sus tenedores resuelta en asamblea especial de clase) en un número tal de

acciones ordinarias Clase B de la Sociedad de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción que

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.118 - Segunda Sección 7 Lunes 27 de febrero de 2023

representen a dicho momento el 75% del capital social y de los votos de la Sociedad. La diferencia positiva entre

el valor nominal de las acciones ordinarias a ser recibidas por los titulares de las Acciones Preferidas con Voto y el

valor nominal del conjunto de las Acciones Preferidas con Voto será imputado a prima de conversión. Las Acciones

Ordinarias Clase B representarán el 75 por ciento del capital social de la sociedad al momento de la conversión

y contarán con el 75 por ciento de los votos.- El capital puede ser aumentado hasta el quíntuplo, en una o más

veces, por decisión de la Asamblea Ordinaria, sin requerirse previa conformidad administrativa, de conformidad

con el artículo 188 de la Ley 19.550 mediante cualquiera de los medios admitidos por dicha Ley y la reglamentación

vigente. La Asamblea podrá delegar en el Directorio la época de emisión, forma y condiciones de pago.”. Tras el

aumento del Capital Social, las tenencias accionarias representativas del 100% del Capital Social y votos, son:

(I) Retail 4 S.A. es titular de 100.000 acciones Clase A, ordinarias escriturales, de 1 voto por acción y $ 1 valor

nominal cada una y (II) Inversora Farmacéutica S.A. es titular de 516.000 acciones preferidas con voto, escriturales,

de 1 voto por acción y $ 1 valor nominal. El capital social se encuentra totalmente integrado. Autorizado según

instrumento privado Asamblea general extraordinaria de fecha 05/10/2022

Lucrecia María Delfina Moreira - T°: 70 F°: 322 C.P.A.C.F.

e. 27/02/2023 N° 10398/23 v. 27/02/2023