N° 10399/23 Aviso del Boletín Oficial
FARMAMIA S.A.
Texto del aviso
FARMAMIA S.A.
30-71766364-7 Por Asamblea General Extraordinaria del 16/12/2022 se resolvió aumentar el capital social en
$ 116.000, pasando el mismo de $ 616.000 a la suma de $ 732.000, reformando en consecuencia el artículo cuarto
del estatuto social, bajo el texto que se transcribe a continuación: “CAPITAL SOCIAL ACCIONES. ARTICULO
CUARTO: CAPITAL SOCIAL. ACCIONES. El capital social se fija en la suma de $ 732.000 (pesos setecientos
treinta y dos), representado por: (i) 100.000 acciones Clase A, ordinarias, escriturales, de 1 (un) voto por acción y
$ 1 (pesos uno) valor nominal cada una (las “Acciones Ordinarias Clase A”) y (ii) 632.000 acciones preferidas con
voto, escriturales, de 1 (un) voto por acción y $ 1 (pesos uno) valor nominal cada una (las “Acciones Preferidas
con Voto”), que otorgarán en conjunto, en todo momento y cualquiera sea el número de Acciones Preferidas con
Voto emitidas, (i) el derecho a recibir el 75% de cualquier distribución que realice la Sociedad (sea en concepto
de dividendos, reducción o reintegro de capital o por cualquier otro concepto –con excepción de lo previsto del
apartado (b) siguiente) y (ii) el 75% de los votos de la Sociedad y que se regirán por las siguientes condiciones
de emisión: (a) Monto Máximo: El monto máximo que se podrá aportar bajo la forma de suscripción de Acciones
Preferidas con Voto será de hasta Dólares tres millones sesenta mil (US$ 3.060.000) (o su equivalente en Pesos) (el
“Monto Máximo del Aporte”). A los efectos del cómputo del Monto Máximo del Aporte, cada aporte en Pesos será
convertido en Dólares al tipo de cambio vigente a la fecha de realización del aporte en cuestión. (b) Preferencia: La
preferencia otorgada a las Acciones Preferidas con Voto consiste en una prioridad en la liquidación de la Sociedad.
Al producirse la liquidación o disolución de la Sociedad o en caso de quiebra de la Sociedad, los titulares de las
Acciones Preferidas con Voto tendrán derecho, antes que ningún activo de la Sociedad sea distribuido entre los
titulares de las acciones ordinarias, pero después de la distribución de dichos activos entre los acreedores de
la Sociedad, a recibir activos de la Sociedad disponibles para su distribución a los accionistas, en efectivo o en
bienes a su justo valor de mercado, según lo determine el Directorio de buena fe, por un monto equivalente al
precio de suscripción en dólares de las Acciones Preferidas con Voto (el “Precio de Liquidación”). Después de
realizado el pago del Precio de Liquidación en forma completa, los titulares de las Acciones Ordinarias Clase A
de la Sociedad y los titulares de las Acciones Preferidas con Voto tendrán derecho a recibir todos los activos
remanentes a ser pagados y/o distribuidos conforme las siguientes proporciones: (y) Titulares de las Acciones
Ordinarias Clase A: 25% y (z) Titulares de las Acciones Preferidas con Voto: 75%. Si al producirse la liquidación
o disolución de la Sociedad, sea ésta voluntaria o involuntaria, los activos de la Sociedad fueran insuficientes
para realizar el pago del Precio de Liquidación, la Sociedad deberá distribuir dichos montos disponibles entre
los titulares de las Acciones Preferidas con Voto. (c) Conversión: Las Acciones Preferidas con Voto se podrán
convertir (a opción de la mayoría de sus tenedores resuelta en asamblea especial de clase) en un número tal de
acciones ordinarias Clase B de la Sociedad de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción que
representen a dicho momento el 75% del capital social y de los votos de la Sociedad. La diferencia positiva entre
el valor nominal de las acciones ordinarias a ser recibidas por los titulares de las Acciones Preferidas con Voto y el
valor nominal del conjunto de las Acciones Preferidas con Voto será imputado a prima de conversión. Las Acciones
Ordinarias Clase B representarán el 75 por ciento del capital social de la sociedad al momento de la conversión
y contarán con el 75 por ciento de los votos.- El capital puede ser aumentado hasta el quíntuplo, en una o más
veces, por decisión de la Asamblea Ordinaria, sin requerirse previa conformidad administrativa, de conformidad
con el artículo 188 de la Ley 19.550 mediante cualquiera de los medios admitidos por dicha Ley y la reglamentación
vigente. La Asamblea podrá delegar en el Directorio la época de emisión, forma y condiciones de pago.”. Tras el
aumento del Capital Social, las tenencias accionarias representativas del 100% del Capital Social y votos, son:
(I) Retail 4 S.A. es titular de 100.000 acciones Clase A, ordinarias escriturales, de 1 voto por acción y $ 1 valor
nominal cada una y (II) Inversora Farmacéutica S.A. es titular de 632.000 acciones preferidas con voto, escriturales,
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.118 - Segunda Sección 8 Lunes 27 de febrero de 2023
de 1 voto por acción y $ 1 valor nominal. El capital social se encuentra totalmente integrado. Autorizado según
instrumento privado Asamblea general extraordinaria de fecha 16/12/2022
Lucrecia María Delfina Moreira - T°: 70 F°: 322 C.P.A.C.F.
e. 27/02/2023 N° 10399/23 v. 27/02/2023