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N° 12/81 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL DEL TRABAJO NRO. 34 - SECRETARÍA ÚNICA

Edictos Judiciales viernes, 3 de marzo de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL DEL TRABAJO NRO. 34 - SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional del Trabajo Nº 34, a cargo de la Dra. María Claudia Jueguen, Secretaría ÚNICA, sito en Tte. Gral.

Perón 990 6º piso, CABA, en autos caratulados “FORTE GABRIEL HERNAN C/SANGINETO ALVARIÑO VICENTE

SEBASTIAN S/ DESPIDO” (Expte: 16514/2012) se ha dispuesto correr traslado de la demanda incoada a los efectos

de que el demandado SANGINETO ALVARIÑO VICENTE SEBASTIAN, pueda ejercer la legitima defensa de sus

propios derecho en juicio: “Buenos Aires, 20 de abril de 2015. A fs. 106: Atento a lo solicitado por la parte Actora,

toda vez que a fs. 96, segundo párrafo dicha accionante ha dado cumplimiento con lo solicitado por el Sr. Agenta

Fiscal, en su dictamen de fs. 104; y que conforme constancias de autos, y se han efectuado distintas diligencias

con el fin de obtener el domicilio real del demandado SANGINETO ALVARIÑO VICENTE SEBASTIAN, que se

mencionan a continuación: 1) A fs. 51/54 contestación del Organismo A.F.I.P.; 2) A fs. 59/60: contestación de oficio

del Organismo ANSES; 3) A fs. 62/64: contestaciones de oficios de: REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y

CAMARA NACIONAL ELECTORAL y 4) A fs. 66: contestación de oficio por POLICIA FEDERAL ARGENTINA, cuyas

cédulas de notificación al accionado, diligenciadas con resultado negativo, obrantes a fs. 71/72 y vta.; fs. 78/79

y vta.; 86/88 y fs. 100/101; RESUELVO: Hacer lugar a lo peticionado por la parte Actora, debiéndose librar Edicto

para traslado de la demanda a SANGINETO ALVARIÑO VICENTE SEBASTIAN, el que deberá una vez publicado

en el Boletín Oficial, dentro del quinto día retirar las respectivas copias de la demanda, y contestar dentro de los

10 días subsiguientes, del retiro ut supra mencionado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 71 de la ley

18.345, sustituído por el art. 40 de la ley 24.635 (art. 356 C.P.C.C.N.). La carga prevista en el inc. 1 del art. 356 del

C.P.C.C, no regirá respecto de los representantes designados en juicios universales. Cúmplase con la res. C.N.A.T.

Nº 12/81. NOTIFIQUESE. Firmado Lilia Funes Montes, Juez Nacional”.

María Claudia Jueguen Juez - María Claudia Jueguen Juez Nacional

e. 03/03/2023 N° 12261/23 v. 03/03/2023