N° 2264/2018 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 29 - SECRETARÍA NRO. 58
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 29 - SECRETARÍA NRO. 58
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 29, a cargo de la Dra. María del Milagro Paz Posse,
Secretaría Nº 58, a mi cargo, sito en la calle Montevideo Nº 546, piso 5º, de la Capital Federal, comunica por 2
días que en los autos: “INCIDENTE Nº 10 - FALLIDO: LA PROVISION ITALIANA S.A. S/ INCIDENTE DE VENTA
DE MARCA” (Expediente COM N° 2264/2018/10), se ha dispuesto convocar a audiencia pública el día 3/4/2023
a las 11:00hs., a fin MEJORAR la oferta de U$S 4.000 por la compra de la marca FILO con más la comisión del
martillero 10%. Los interesados deberán presentar sus ofertas en sobre cerrado, en cuya parte exterior deberá
constar el nombre de autos, sin otro dato que identifique al presentante y en el interior deberá contener el nombre
de la persona de existencia visible o ideal oferente, precio ofrecido, constituir domicilio en la jurisdicción del
Tribunal, domicilio electrónico y, en su caso, datos personales (profesión, documento, estado civil, edad, etc.)
Tratándose de personas jurídicas se deberá adjuntar copia auténtica del contrato social y los documentos que
acrediten la personería del oferente más el original de la boleta de depósito en garantía de la oferta a efectuarse,
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.124 - Segunda Sección 89 Martes 7 de marzo de 2023
equivalente al 10% de la suma ofertada más una declaración manifestando estar notificado de la resolución que
dispuso este procedimiento de venta y que conoce y acepta todas las condiciones que rigen el mismo. Las ofertas
podrán presentarse en el juzgado hasta el día 3.4.2023, a las 10:00 hs., será requisito de admisibilidad de las
propuestas la constancia de depósito en garantía del 10% de la oferta presentada, la que deberá ser depositada
en el Banco de la Ciudad de Bs. As. Suc. Tribunales- en la cuenta de dólares estadounidenses Libro 914, Folio 47
DV. 5 CBU0290075911251091400475 y a la orden del juzgado. En esta cuenta deberá integrarse el saldo de precio,
o se devolverá, caso contrario, una vez firme la adjudicación y a petición del interesado. Tal como fue indicado,
el día 3.4.2023, a las 11:00 hs. en punto se llevará adelante la audiencia de apertura de sobres y de mejora de
ofertas. Ante igualdad de mejoras de ofertas se tomará como punto de partida para abrir el acto de venta la que
temporalmente por cargo, se hubiere presentado en primer término, a los fines de eliminar la paridad de ofertas
e iniciar la puja. Los oferentes podrán mejorar sus propuestas en la misma audiencia, sin límite, imponiéndose
como única condición para ser aceptadas, que sólo podrán formularse aquellas que superen en un 5% de la
última oferta efectuada. Se rechazará in limine toda oferta que no cumpla con la totalidad de las condiciones
establecidas en esta resolución, sin posibilidad a recurso alguno. Hágase saber a los interesados que únicamente
se podrá ingresar al acto el correspondiente oferente, y que no se permitirá la utilización de teléfonos celulares
o dispositivos electrónicos de ninguna especie en ese acto, expulsándose del mismo a todo aquel que incumpla
con dicha disposición, sin perjuicio de las sanciones que pudieran aplicarse (conf. análog. art. 446 del cpr.).
Sobre la base del mejor precio ofertado, el Tribunal adjudicará al mejor postor la marca. La Suscripta resolverá
inmediatamente a la celebración de la audiencia la adjudicación, la cual será inapelable. Todas las notificaciones,
excepto las específicamente determinadas, se producirán “ministerio legis”. La presentación de la oferta implicará
para el oferente el conocimiento y aceptación de las condiciones de la venta aquí dispuesta y de la situación
fáctico-jurídico del bien. Todos los plazos se considerarán días hábiles judiciales. El saldo de precio deberá ser
depositado dentro de los cinco días de notificado el auto de adjudicación en la cuenta de autos indicada, mediante
depósito judicial, sin necesidad de interpelación, bajo apercibimiento de declararse postor remiso (cpr. 584) y se
perderá la garantía en favor de la quiebra, debiendo acreditarlo en autos en idéntico plazo mediante la pertinente
boleta de depósito. En ese supuesto, la adjudicación recaerá sobre el segundo, el que deberá integrar depositando
el saldo de precio conforme los términos aquí previstos dentro del quinto día de notificado. La adjudicación final
se otorgará una vez integrado el saldo de precio. Queda prohibida la compra en comisión y/o cesión del acta
de adjudicación. Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de autos, de la
presente resolución y de las dictadas y que se dicten en relación con la venta que se sigue. Buenos Aires, de
marzo del 2023. FDO: CLAUDIA GIAQUINTO MARIA DEL MILAGRO PAZ POSSE Juez - CLAUDIA GIAQUINTO
SECRETARIA
e. 06/03/2023 N° 12449/23 v. 07/03/2023