N° 14596/22 Aviso del Boletín Oficial
INCONLI S.A.
Texto del aviso
INCONLI S.A.
Edicto complementario al de fecha 15/03/2022 N° 14596/22 v. 15/03/2022. Que a fin de subsanar la vista emitida
por IGJ en fecha 19/06/2022, los accionistas mediante Escritura complementaria nro. 30 de fecha 07/03/2023 Folio
87 pasada ante el escribano Ezequiel Galarce Titular del Registro Notarial 773 de la Capital Federal, los socios
adecúan la redacción del Artículo TERCERO, referido al objeto social, el que queda redactado de la siguiente
forma: “ARTICULO TERCERO. OBJETO: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros y/o
asociada a terceros, tanto en el país como en el extranjero la actividad agrícola ganadera y su comercialización en
todas sus manifestaciones, comprendiendo los negocios de la agricultura, fruticultura y negocios ganaderos de
todo tipo. La confección, fraccionamiento, distribución, transporte, envasado, almacenamiento, depósito, compra,
venta, importación y exportación de insumos de todo tipo, frutas, verduras, hortalizas, cereales, carnes y sus
derivados, aceites y en general todo producto para el consumo humano y animal, materiales, de cueros, madera,
papel, y sus derivados, químicos, químicos industriales, la compra de armas, balas y cartuchos (municiones) de
caza aplicadas a la producción y procesamiento de productos de fauna silvestre autorizados por leyes, para uso
comercial y minorista de material de uso civil condicional y todo otro que se relacione directa o indirectamente con
su objeto; pudiendo efectuar las transacciones inmobiliarias que fueren necesarias y conducentes a su desarrollo
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.126 - Segunda Sección 11 Jueves 9 de marzo de 2023
y/o aportes e inversiones de capitales a particulares o sociedades; realizar financiaciones y operaciones de
crédito en general, negociación de títulos, acciones y otros valores mobiliarios, y realizar operaciones en general.
Quedan excluidas las operaciones comprometidas en la ley de entidades financieras y toda aquella que requiera el
concurso público. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones
y ejecutar todos los actos y contratos que no le estén prohibidos por las leyes y los relacionados directamente con
el objeto social mencionado.
Ignacio Alberto Sanchez Vaqueiro - T°: 101 F°: 655 C.P.A.C.F.
e. 09/03/2023 N° 14136/23 v. 09/03/2023