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N° 15135/23 Aviso del Boletín Oficial

MUPEMA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 14 de marzo de 2023

Texto del aviso

MUPEMA S.R.L.

1) Leandro Gabriel Pereira, argentino, nacido el 04/07/1991, soltero, despachante de Aduanas, DNI 36570043,

CUIT 20-36570043-6 con domicilio real en Tres Arroyos 3547, Los Polvorines, Malvinas Argentinas, Provincia de

Buenos Aires; Nicolás Alfredo Muzio, argentino, nacido el 20/10/1992, soltero, comerciante, DNI 37009164, Cuit

20-37009164-2 con domicilio real en San Martín 2360, Sarandí, Avellaneda, Provincia de Buenos Aires y Christian

Damián Marquez, argentino, nacido el 08/07/1991, casado, comerciante, DNI 36.319.33, Cuit: 20-36319337-5, con

domicilio real en Marcos Paz 4355, San Miguel, Partido de San Miguel, Provincia de Buenos Aires. 2) 10/03/2023.

3) “MUPEMA SRL 4) Condarco 1281 CABA. 5) 30 años desde su inscripción. 6) La sociedad tiene por objeto

dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a las siguientes actividades:

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.129 - Segunda Sección 26 Martes 14 de marzo de 2023

transporte nacional e internacional de cargas y todo tipo de mercaderías, su logística, distribución, embalaje,

almacenamiento y depósito. A tales efectos, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos,

contraer obligaciones, y ejercer todos los actos propios de la misma, que se relacionen directa o indirectamente

con el objeto social 7) $ 500.000. Nicolás Alfredo Muzio suscribe 27.500 cuotas, Leandro Gabriel Pereira suscribe

11.250 cuotas y Christian Damián Marquez 11.250 cuotas, todas de valor nominal $ 10 cada una. 8) administración:

Uno o más gerentes. Duración en el cargo lo que dure la sociedad. Gerente: Nicolás Alfredo Muzio quien fija

domicilio especial en sede social. 9) Cierre ejercicio: 30/04. Autorizado según instrumento privado contrato

constitutivo de fecha 10/03/2023

Damian Maximo Jakim - T°: 79 F°: 284 C.P.A.C.F.

e. 14/03/2023 N° 15135/23 v. 14/03/2023