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N° 18402/23 Aviso del Boletín Oficial

METALURGICA DESIMONE HERMANOS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 23 de marzo de 2023

Texto del aviso

METALURGICA DESIMONE HERMANOS S.R.L.

CUIT 30-71193103-8. Por Escritura N° 9 del 20/03/23, pasada ante la Escribana de caba, Myrna R Imventarza,

al Folio 24, Registro 981, a su cargo, la socia de METALURGICA DESIMONE HERMANOS SRL, Gabriela

Lourdes DESIMONE, argentina, nacida el 25/05/1984, DNI 30.837.622, CUIL 27-30837622-8, empleada, soltera;

domiciliada en Centenario 4572, Ciudadela, Pdo. de Tres de Febrero, Pcia. Bs As. cedió, vendió y transfirió 11.800

cuotas sociales, de $ 10 v/n cada una, representativas de 33% de capital social de METALURGICA DESIMONE

HERMANOS SRL a Juan Pablo DESIMONE, argentino, nacido el 11/12/1979, DNI 27.718.995, CUIT 20-27718995-0,

comerciante, casado y domiciliado en Santa Juana de Arco 3719, Ciudadela; Pcia. Bs As., quien adquirió 11.800

cuotas sociales, de $ 10 de v/n cada una, representativas de 33% de capital social. El capital queda compuesto

de la siguiente manera: 1) Juan Carlos DESIMONE, 11.800 cuotas sociales, de valor nominal $ 10, cada una,

representativa de $ 118.000, el 34% y 2) Juan Pablo DESIMONE 23.600 cuotas sociales, de valor nominal $ 10,

cada una, representativas de $ 236.000, el 66%. La sociedad dio su conformidad. No se reforma el capital Social.

los socios de METALURGICA DESIMONE HERMANOS SRL, por resolución Unánime resolvieron: 1) reformar el

artículo 4 del contrato social, que queda redactado de la siguiente manera: 1) reformar el artículo 4 del contrato

social, que queda redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social se fija en la suma

de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL ($ 354.000), dividido en treinta y cinco mil cuatrocientas

(35.400) cuotas sociales, de pesos diez ($ 10) de valor nominal cada una”; 2) Modificar el artículo 5 del Contrato

Social; el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO QUINTO: Administración y representación:

La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes, socios o

no, quienes actuarán de manera individual o indistinta, por el término de duración de la sociedad, pudiendo no

obstante, ser removidos con las mayorías del artículo 160 de la Ley General de Sociedades.- Podrán, como tales,

realizar todos los actos y contratos necesarios para el desenvolvimiento del objeto social, dentro de los límites de

los artículos 58 y 59 de Ia Ley General de Sociedades, con las siguientes facultades y atribuciones: firmar cheques,

letras de cambio, pagarés y demás documentos comerciales, así como avalarlos, prestar fianza y/o endosarlos;

realizar toda clase de operaciones bancarias, con cualquier banco oficial, mixto y/o privado, creados y/o a crearse,

pudiendo operar en cuenta corriente y/o a crédito; efectuar extracciones de fondos, retiros de valores acciones o

títulos de cualquier naturaleza clase que se depositen a nombre de la sociedad, o a su orden; solicitar préstamos

a terceros, renovar toda clase de documentos comerciales, hacer novaciones que extingan obligaciones, transigir

en cualquiera de sus formas, incluso la posibilidad de someter voluntariamente cualquier hecho controvertido

a las decisiones que se tomen en un Tribunal Arbitral; celebrar contratos de prendas o de cualquier naturaleza,

constituir a la sociedad en depositaria; hacer liberación total o parcial de bienes afectados a garantías reales;

cobrar y percibir en cualquiera de sus formas; comprar y vender bienes inmuebles de cualquier naturaleza; firmar

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.136 - Segunda Sección 21 Jueves 23 de marzo de 2023

y rescindir convenios; cobrar pólizas de seguros en caso de siniestros. Las atribuciones mencionadas tienen

carácter enunciativo y no taxativo, pudiendo los gerentes efectuar cualquier acto o gestión administrativa que,

encontrándose dentro del objeto social, no perjudique a la sociedad. Cada gerente otorgará a favor de la sociedad,

y en respaldo de su gestión de administración, una garantía suficiente, de acuerdo con las modalidades, montos

y condiciones previstas en las disposiciones vigentes de la autoridad administrativa de control.- Dicha garantía

podrá fijarse por cualesquiera de las opciones que admita la normativa aplicable, tales como bonos, títulos

públicos o seguros de cauciones, siempre conforme la Resolución General de la Inspección General de Justicia

o concordantes; 3) designación de gerente por vencimiento de mandato, Juan Pablo Desimone, por el término de

duración de la sociedad, aceptando el cargo y constituyendo domicilio especial en Av. Balbin 3699, 5º, depto.. “A”,

c.a.b.a. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 9 de fecha 20/03/2023 Reg. Nº 981

Myrna Rosa Imventarza - Matrícula: 5112 C.E.C.B.A.

e. 23/03/2023 N° 18402/23 v. 23/03/2023