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N° 19270/23 Aviso del Boletín Oficial

GORRITI ENERGY S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 27 de marzo de 2023

Texto del aviso

GORRITI ENERGY S.A.

Por Escritura Pública 118 del 20/03/23 se constituyó GORRITI ENERGY S.A. 1) Socios: Ana María Angela Mantica,

argentina, profesora, nacida el 3/3/1956, DNI 11832816, CUIT 27118328162, casada, domicilio: Avellaneda

5094, Pcia. de Santa Fe; Oscar Angel Mantica, argentino, Ingeniero, nacido el 26/7/1954, DNI 11453446, CUIT

20114534464, casado, domicilio: San Jeronimo 7839, Pcia. de Santa Fe; Maximiliano Exequiel Mantica, argentino,

comerciante, nacido el 1/5/1994, DNI 38133779, CUIT 20381337791, soltero, domicilio: Chacabuco 2341, Laguna

Paiva, Pcia. de Santa Fe; Victor Emmanuel Mutal, argentino, Técnico Electromecánico, nacido el 17/6/1990, DNI

35468462, CUIT 20354684625, soltero, domicilio: Avellaneda 5094, Pcia. de Santa Fe; 2) Denominación: GORRITI

ENERGY S.A.; 3) Sede Social: Lavalle 1580, piso 3, of. D, CABA; 4) Objeto: La sociedad tendrá por objeto la

ejecución de las siguientes actividades, pudiendo realizarlas por cuenta propia, de terceros y/o asociada a

terceros, sean estos personas físicas o jurídicas en el país o en el extranjero: A) PETROLERAS: la sociedad podrá

celebrar contratos de riesgo con el Estado Nacional y/o sus empresas y Organismos autónomos o ser cesionaria

de ellos cuando los mismos tengan por objeto la explotación de hidrocarburos, mediante la investigación y

asesoramiento tecnológico, exploración geológica, geofísica y otras técnicas concurrentes, minería de subsuelo,

perforación, y explotación de yacimientos de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos, operación y realización

de obras y servicios de reacondicionamiento, reparación, profundización, represión y recuperación secundaria

de pozos, laboreo minero y tareas afines a la industria de elaboración de petroquímica y cualquier otra forma de

industrialización de dichos productos y sus derivados y el transporte y comercialización, incluyendo la importación

y exportación. B) COMERCIALES: Mediante la producción, refinación, generación, comercialización de Energía

Eléctrica, importación, exportación, transporte, compra y venta al por mayor y al por menor, dentro y fuera de

la República, de hidrocarburos, petróleo, nafta, querosene, aceites y demás productos derivados del petróleo,

sustancias similares, gas y Energía Eléctrica. Comprar, vender, importar o exportar equipos, motores, elementos,

máquinas y materiales relacionados con la explotación, perforación y exploración de yacimientos de hidrocarburos

sólidos, líquidos y gaseosos, como así también las relacionadas con las actividades mineras de cualquier

naturaleza y con las actividades de la industria Energética, tales como la generación, transporte distribución,

transformación, transformación de electricidad correspondiente o no a jurisdicción nacional. Explotación, compra

y vente de patentes de invención, marcas, diseños, modelos, procesos industriales nacionales o extranjeros. C)

INDUSTRIALES: Fabricación de los materiales, elementos, equipos, maquinas, motores e instrumentos necesarios

para la industria petrolera y de Energía Eléctrica. La industrialización de productos de las industrias petroleras,

petroquímicas, mineras y de Energía Eléctrica; elaboración de materiales plásticos sintéticos y productos químicos

a tal fin. D) TRANSPORTE: Con equipos propios o de terceros de agua, gas y petróleo, lubricantes y sus derivados,

pudiendo armar y arrendar buques, vagones, muelles, diques y terraplenes, estaciones de servicio y demás

instalaciones relacionadas con los objetos enunciados precedentemente. D) DESTILERIAS Y REFINERIAS: La

construcción y/o explotación por cuenta propia o de terceros, de destilerías y refinerías de petróleo y toda clase de

aceites, nafta, lubricantes, grasas, ceras y demás productos subproductos derivados del petróleo y gas. A tal fin

la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos

y contratos que no estén prohibidos por las leyes y este estatuto. 5) Capital social: $ 20.000.000 representado

por 200.000 acciones de $ 100 cada una valor nominal: 65.000 acciones Oscar Angel Mantica, 35.000 acciones

Ana María Angela Mantica, 65.000 acciones Maximiliano Mantica: y 35.000 acciones Emmanuel Mutal. 6) La

administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio por 3 ejercicios; 7) PRESIDENTE: Oscar Angel

Mantica; DIRECTOR SUPLENTE: Ana María Angela Mantica, ambos con domicilio especial en sede social. 8) Se

prescinde de Sindicatura. 9) Duración: 30 años. 10) Cierre ejercicio: 31/12. Autorizado según instrumento público

Esc. Nº 118 de fecha 20/03/2023 Reg. Nº 1234

Julieta Paola Cruzado - T°: 97 F°: 362 C.P.A.C.F.

e. 27/03/2023 N° 19270/23 v. 27/03/2023