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N° 18238/23 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 38 - SECRETARÍA NRO.132

Edictos Judiciales martes, 28 de marzo de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 38 - SECRETARÍA NRO.132

Se hace saber que con fecha 21 de marzo de 2023, en el marco de la causa 5862/2022 caratulada “Fernandez

Ruth Melanie s/ hurto” del registro del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 38, Secretarí a Nº 132,

se ha dispuesto la averiguación de paradero de Ruth Melanie Fernanez, ello en virtud de la resolución que a

continuación se transcribe: “///nos Aires, 21 de marzo de 2023. I. Por recibido, incorpórese el resultado de la

notificación dirigida a Ruth Melanie Fernández y téngaselo presente. II. Atento a lo solicitado por la Fiscalía a fs.

66/8 del expediente digital y en virtud de que, pese a las reiteradas citaciones y tareas de investigación ordenadas,

aún no se ha logrado la notificación fehaciente y personal de Ruth Melanie Fernández, corresponde disponer la

averiguación de su paradero y posterior notificación del requerimiento del tribunal a su respecto -artículo 294 del

CPPN.-, por cuanto no obran constancias del conocimiento de la citación a prestar declaración indagatoria y, por

ende, mal pueden tenerse por reunidos los extremos del artículo 282 del CPPN. En este sentido, corresponde citar

a Fernández mediante edictos, los que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término de 5 días, a efectos

de dar cumplimiento con la declaración ordenada en autos. Asimismo, en virtud de lo expuesto, considero que

en el caso traído a estudio corresponde librar oficio al Sr. Jefe de la Policía Federal Argentina para que, habida

que sea la acusada, se la notifique del llamado a indagatoria, debiendo presentarse dentro del tercer día bajo

apercibimiento, en caso de inasistencia injustificada, de declararla en rebeldía y ordenar su inmediata captura,

pues estando fehacientemente notificada su renuencia a comparecer no descansará ya en la ignorancia de la

citación cursada, sino en la inequívoca intención de sustraerse a la acción de la justicia. Comuníquese por oficio

electrónico al Registro Nacional de Reincidencia. III. No quedando otras medidas que producir, previa notificación

a la Defensoría Oficial, corresponde devolver los actuados a la Fiscalía instructora, en los términos del artículo 196

del CPPN., sirviendo lo proveído de muy atenta nota de envío. Fdo.: PRS Martín Yadarola -Juez Nacional Criminal

y Correccional-. Ante mí: Federico N. Romero -Secretario-.

Martin Yadarola Juez - Federico Nahuel Romero Secretario

e. 22/03/2023 N° 18238/23 v. 29/03/2023