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N° 20207/23 Aviso del Boletín Oficial

SOUTH BROKER SOCIEDAD DE PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 29 de marzo de 2023

Texto del aviso

SOUTH BROKER SOCIEDAD DE PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS S.A.

CUIT 30-71769296-5. Comunica que por Acta de Asamblea General Extraordinaria Nº 1 de fecha 6/10/2022 se

resolvió: Modificar el Artículo octavo del estatuto social, el que quedara redactado: OCTAVO: La dirección y

administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio, integrado por UNO a CINCO titulares, pudiendo

la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de

su designación, debiendo siempre integrar este cuerpo colegiado al menos un Productor Asesor en Seguros

matriculado, que revista además el carácter de Socio.- Mientras la sociedad prescinda de la sindicatura, la elección

por la asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria.- El término de su elección es de TRES

EJERCICIOS.- La asamblea fijará el número de directores así como su remuneración.- El directorio sesionará con

la mayoría absoluta de sus integrantes y resuelve por mayoría de los presentes.- En su primera reunión designará

un Presidente, pudiendo, en caso de pluralidad de titulares designar un Vicepresidente que suplirá al primero en

su ausencia o impedimento.- El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer libremente de los

bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales. Puede en consecuencia celebrar en

nombre de la Sociedad, toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, operar con

los Bancos de la Nación Argentina, Hipotecario Nacional, de la Provincia de Buenos Aires, compañías financieras

y demás instituciones de créditos oficiales y privadas; establecer agencias y sucursales, dentro o fuera del país;

otorgar a una o más personas poderes especiales, generales, judiciales, de administración y disposición u otros,

inclusive para querellar criminalmente o extrajudiciales, con el objeto o extensión que juzgue convenientes; y

realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. La

Representación Legal de la sociedad, será ejercida por el Presidente del Directorio, o por el Vicepresidente, en caso

de ausencia o impedimento del primero. En garantía de su gestión, los directores titulares prestarán una garantía

de caución según la forma que lo permita la legislación vigente, de acuerdo con lo previsto por la Resolución IGJ

7/2015 o complementarias o las que lo reemplacen en el futuro. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 75

de fecha 27/03/2023 Reg. Nº 533

Ricardo Galarce - Matrícula: 5139 C.E.C.B.A.

e. 29/03/2023 N° 20207/23 v. 29/03/2023