W20 Argentina W20Argentina

N° 9050/2007 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 13 - SECRETARÍA NRO. 25

Edictos Judiciales miércoles, 12 de abril de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 13 - SECRETARÍA NRO. 25

En los autos caratulados «PROCONSUMER c/ TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SA s/SUMARISIMO» (CCF

Nº 9050/2007), iniciados con fecha 29 de marzo de 2007, en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia

en lo Comercial Nº 13, a cargo del Dr. Fernando Javier Perillo, Secretaría Nº 25, a cargo del Dr. Sebastián J.

Marturano, sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 4, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Fiscalía en lo Civil

y Comercial N° 4, a cargo del Dr. Mónica Susana Mauri, se ha resuelto la publicación sin previo pago del presente

edicto por dos (2) días, a fin de comunicar la existencia de la presente acción. Se trata de un proceso colectivo

que involucra a todos los clientes consumidores (personas físicas) del servicio de telefonía móvil o celular ofrecido

por Telefónica Móviles Argentina S.A. (Movistar) que hubieran abonado a ésta el cargo “Minuto de Interconexión”

en exceso al límite legal desde el 01/08/2003. Se hace saber a los interesados que el objeto de la acción es el

siguiente: 1. La devolución a la totalidad de los clientes consumidores (personas físicas) del servicio de telefonía

móvil o celular ofrecido por Telefónica Móviles Argentina S.A. (Movistar) el exceso que hubieran pagado a la

demandada del cargo “Minuto de Interconexión” a partir del 01/08/2003, cuyo límite legal ascendería a $ 0,0465

por minuto, más sus intereses. A su vez, se solicitó se ordene a la demandada el “cese inmediato” del cobro del

cargo en cuestión por encima del límite legal y la abstención de facturar en el futuro (mientras aquel límite persista)

un precio mayor al correspondiente.; 2. La parte actora en las presentes actuaciones es la “Asociación Protección

Consumidores del Mercado Común del Sur-Proconsumer”, con domicilio en la calle Viamonte 885, 2º piso, C.A.B.A.,

encontrándose autorizada para funcionar como persona jurídica por la Inspección General de Justicia e inscripta

en el Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores bajo el número 3.La parte demandada es Telefónica

Móviles Argentina S.A. (Movistar), con domicilio legal en la Av. Ingeniero Huergo 723, Planta Baja, de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. 4. Se informa asimismo que se ha corrido vista y ha tomado intervención la Fiscalía

en lo Civil y Comercial N° 4 en los términos del art. 41 Ley 24.946. El presente edicto se publica a los efectos de

que, en caso de considerarse afectados los consumidores en cuestión (clientes y ex clientes de Telefónica Móviles

Argentina S.A.), comparezcan a la causa a ejercer el derecho de exclusión previsto en el art. 54 de la ley 24.240

(2° párrafo), dentro del plazo de 30 días a contarse desde la última publicación edictual, para manifestar su deseo

de no ser abarcados por la cosa juzgada que resulte de la sentencia a dictarse en el juicio de referencia, mediante

carta simple dirigida al Tribunal sin firma de letrado. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de abril de 2023.

FERNANDO J. PERILLO Juez - SEBASTIAN J. MARTURANO SECRETARIO

e. 12/04/2023 N° 24062/23 v. 13/04/2023