N° 24628/23 Aviso del Boletín Oficial
TURBO SERVICE S.R.L.
Texto del aviso
TURBO SERVICE S.R.L.
CUIT 30-60649657-1. Por reunión de socios del 24/02/23, por unanimidad, se resolvió: 1.- Prorrogar la duración
de la Sociedad por 10 años más a partir de su vencimiento, quedando redactado el art. 2° del contrato social
así: “SEGUNDO: Su duración es de CINCUENTA años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro
Público de Comercio (Inspección General de justicia), o sea desde el 7 de noviembre de 1.983 y hasta el 7 de
noviembre de 2033”; 2.- Designar a Alicia Ester OTTOLAGRANO para el cargo de gerente; quien aceptó su cargo
y constituyó domicilio en Sede social; 3.- Modificar los arts. 4° y 5° del contrato social, quedando redactados
así: “CUARTO: El Capital Social se fija en DOCE MIL PESOS Dividido en 12.000 cuotas de $ 1 valor nominal
cada una, totalmente suscriptas e integradas en partes iguales por cada socio”; “QUINTO: La administración,
representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de ambos socios, quienes revisten el carácter de
Gerentes por tiempo indefinido, la actuación de los mismos será en forma conjunta. Los Socios Gerentes tienen
todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere
poderes especiales, conforme el Artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación. Pueden, en consecuencia,
celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social
entre ellos, operar con instituciones de créditos oficiales y privadas, establecer agencias, sucursales y toda otra
especie de representación dentro o fuera del país, otorgar a una o más personas mandatos con el objeto y alcance
que juzguen conveniente. En garantía de sus funciones los Gerentes deberán prestar una garantía mínima por el
importe equivalente al sesenta por ciento (60%) del capital de la sociedad calculado en forma conjunta, debiendo
el monto particular de cada una de las garantías ser igual para todos los Gerentes; en ningún caso el monto de
la garantía podrá ser inferior a pesos 300.000 ni superior a pesos 1.000.000 por cada Gerente. La garantía se
cumplimentará en cualquiera de las formas previstas en la normativa vigente, pudiendo consistir en bonos, títulos
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.149 - Segunda Sección 36 Viernes 14 de abril de 2023
públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la
orden de la Sociedad o en fianzas, avales bancarios o seguros de caución o de Responsabilidad Civil a favor de la
Sociedad, debiendo mantener su exigibilidad hasta al menos tres (3) años luego del cese del respectivo Gerente en
el desempeño de sus funciones y/o la liquidación de la sociedad por agotamiento de plazo.”.- Participación social:
Rubén Claudio BIANCO posee 6.000 cuotas; y Alicia Ester OTTOLAGRANO posee 6.000 cuotas.- Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 35 de fecha 14/03/2023 Reg. Nº 1942
Rosa Beatriz Garay - Matrícula: 4956 C.E.C.B.A.
e. 14/04/2023 N° 24628/23 v. 14/04/2023