N° 26152/23 Aviso del Boletín Oficial
JM-MOTORS S.R.L.
Texto del aviso
JM-MOTORS S.R.L.
Rectificatoria de la publicación de fecha 10/01/2023 T.I. 969/23. Instrumento Privado de fecha 11/04/2023 que
rectifica Domicilio, Plazo de Duración, Objeto y Administración, dirección y representación. 1) JM-MOTORS S.R.L.
2) Por Instrumento privado del 18/04/2023, se ha resuelto rectificar el Instrumento privado de fecha 06/12/2022,
modificando la cláusula SEGUNDA del domicilio Quedando redactada de la siguiente forma:: La sociedad tendrá
su domicilio legal y especial en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Av. Triunvirato 2938 CABA, pudiendo
establecer agencias, filiales o sucursales en cualquier punto del país o del extranjero. Asimismo, se fija como sede
social el domicilio de la calle Triunvirato 2938 CABA; modificando la Cláusula TERCERA del plazo de duración,
quedando redactada de la siguiente forma: El término de duración de la Sociedad será de 30 años, contados a
partir de la fecha de su Inscripción en la Inspección General de Justicia; modificando la cláusula CUARTA del
Objeto, quedando redactada de la siguiente forma: la sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de
terceros o en participación con terceros, en el país o fuera del territorio argentino, a las siguientes operaciones: a)
comercialización y alquiler de bicicletas, motos y cuatriciclos 0 km, mediante financiación propia o por entidades
bancarias y financieras; b) Comercialización y locación de indumentaria técnica y cascos para bicicletas, cuatriciclos
y motos; c) comercialización de accesorios y repuestos para bicicletas, motos, cuatriciclos, y rodados; d) venta
por consignación de vehículos 0 km, o usados; e) explotación integral de concesionaria y comercialización de
automotores, camiones, motos, maquinarias y todo otro tipo de rodados, nuevos o usados, para la compra, venta,
permuta, consignación, leasing, exportación e importación de vehículos automotores, camiones, motos, tractores
e implementos agrícolas, maquinarias viales, industriales y agroindustriales, motores, repuestos, autopartes,
y accesorios en todos sus aspectos y amplitud; f) gestoría en general, inscripción de prendas con registro; g)
celebración de convenios con compañías aseguradoras y convenios comerciales transitorios o en participación
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.152 - Segunda Sección 19 Miércoles 19 de abril de 2023
con personas humanas o personas jurídicas para la realización de las operaciones antes descriptas; h) servicio
de mantenimiento mecánico; i) instalación de una o más plantas industriales para el armado, ensamblado y
montaje de bicicletas, motos y cuatriciclos y de sus motores; j) fabricación y comercialización de partes, piezas
y complementos para el armado, ensamblado y montaje de bicicletas, motos y cuatriciclos. Para el cumplimiento
de su objeto social, la sociedad podrá efectuar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos lícitos sean
de naturaleza comercial, civil, administrativa, judicial o de cualquier otra clase y tendrá plena capacidad para
celebrar toda clase de actos y convenciones relacionados directa o indirectamente con dicho objeto, y para el
ejercicio de todas las acciones que hubiere lugar, sin más limitaciones que las expresamente establecidas por las
leyes o este estatuto; modificando la cláusula SEXTA de la ADMINISTRACION, DIRECCIÓN Y REPRESENTACION
DE LA SOCIEDAD, la que quedará redactada de la siguiente forma: La Gerencia de la Sociedad será ejercida por
los dos socios gerentes (art. 157 Ley General de Sociedades), que durarán en su cargo por el plazo de duración
de la Sociedad y actuaran en tal carácter de forma indistinta. Tendrán todas las facultades para actuar libre y
ampliamente en todos los negocios sociales, pudiendo efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean
necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna. A estos fines, los Gerentes
podrán comprar, vender y locar toda clase de bienes muebles o inmuebles; operar con todos los Bancos Oficiales
y Privados, realizar operaciones con entes autárquicos o empresas del Estado, otorgar poderes a favor de terceros,
y revocarlos, siendo la enunciación meramente ejemplificativa. No podrá comprometer a la Sociedad en fianzas o
garantías a favor de terceros por operaciones ajenas a la Sociedad. Ambos socios gerentes ofrecen como garantía
administrador (art 76 RG IGJ 7/15 y 15/21), cauciones emitidas por Aseguradores de Cauciones S.A., nro. de póliza
caucion-fianza 1.189.637 y 1.189.638, vigente hasta las veinticuatro horas del día 23 de Noviembre de 2023 por
$ 300.000 cada una.-; 3) Autorizados por instrumento privado contrato constitutivo de fecha 06/12/2022: Cdora.
María Clementina Magallanes, T° 332 F° 60 CPCECABA, y Dr. José Juan Francisco Magallanes T° 127 F° 515
CPACF. Autorizado según instrumento privado Contrato Constitutivo de fecha 06/12/2022
María Clementina Magallanes - T°: 332 F°: 60 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 19/04/2023 N° 26152/23 v. 19/04/2023