N° 26509/23 Aviso del Boletín Oficial
HOSPITAL BRITANICO DE BUENOS AIRES ASOCIACION CIVIL
Texto del aviso
HOSPITAL BRITANICO DE BUENOS AIRES ASOCIACION CIVIL
CUIT 30-54593356-6. Se convoca a los señores Asociados a la Asamblea General Extraordinaria que se realizará
el lunes 8 de mayo de 2023 a las 16.00 horas en forma presencial en el Sitting Room del HOSPITAL BRITÁNICO
DE BUENOS AIRES, ASOCIACIÓN CIVIL, en su domicilio legal de la calle Perdriel 74 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, para tratar el siguiente Orden del Día: 1. Consideración de la Reforma de Estatuto en su artículo 27
según lo dispuesto al pie de la presente Convocatoria. (*) (**).Texto vigente: 27º- Condiciones para Participar en las
Asambleas.- Con al menos cuarenta (40) días de antelación a la fecha de la Asamblea se pondrá a disposición de
los Asociados el padrón de los que están en condiciones de intervenir.- Se podrá efectuar reclamos hasta cinco
(5) días hábiles antes del acto, los que deberán resolverse dentro de los dos (2) días siguientes, debiendo asimismo
otorgarse al Asociado un plazo de veinticuatro (24) horas para permitirle subsanar la situación que hubiera podido
dar origen a su exclusión del padrón.- Se excluirá del padrón a quienes hubieren sido privados de su calidad de
Asociados.- Todo Asociado puede hacerse representar en cualquier Asamblea General mediante carta-poder
otorgada a otro Asociado -excepto para la elección de autoridades-, pero nadie puede representar a más de un
cinco por ciento (5%) de la totalidad de los Asociados.- Los candidatos para formar parte de los órganos sociales
deberán ser propuestos por escrito al Secretario con no menos de diez (10) días de antelación a la respectiva
Asamblea.- La propuesta únicamente podrá ser efectuada: a) por la Comisión Directiva, o b) por un grupo de
Asociados que represente al menos el veinte por ciento (20%) del total de Asociados.- En todos los casos, el voto
será expresado a viva voz y será computado por el Secretario en ejercicio o por quien lo reemplace por decisión
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.154 - Segunda Sección 91 Viernes 21 de abril de 2023
de la Asamblea. Texto propuesto según solicitudes: 27º- Condiciones para Participar en las Asambleas.- Con al
menos cuarenta (40) días de antelación a la fecha de la Asamblea se pondrá a disposición de los Asociados el
padrón de los que están en condiciones de intervenir.- Se podrá efectuar reclamos hasta cinco (5) días hábiles
antes del acto, los que deberán resolverse dentro de los dos (2) días siguientes, debiendo asimismo otorgarse al
Asociado un plazo de veinticuatro (24) horas para permitirle subsanar la situación que hubiera podido dar origen a
su exclusión del padrón.- Se excluirá del padrón a quienes hubieren sido privados de su calidad de Asociados.-
Todo Asociado puede hacerse representar en cualquier Asamblea General mediante carta-poder otorgada a otro
Asociado -excepto para la elección de autoridades-, pero nadie puede representar a más de un cinco por ciento
(5%) de la totalidad de los Asociados.- Los candidatos para formar parte de los órganos sociales deberán ser
propuestos por escrito al Secretario con no menos de diez (10) días de antelación a la respectiva Asamblea.- La
propuesta únicamente podrá ser efectuada: a) por la Comisión Directiva, o b) por un grupo de Asociados que
represente al menos el veinte por ciento (20%) del total de Asociados.- En todos los casos, el voto será expresado
en secreto y será computado por el Secretario en ejercicio o por quien lo reemplace por decisión de la Asamblea.
2. Consideración de la Reforma de Estatuto en su artículo 7 según lo dispuesto al pie de la presente Convocatoria.
(*) (**). Texto vigente: Artículo 7º- Pérdida del Carácter de Asociado.- Se perderá el carácter de Asociado: a) por
haber dejado de reunir las condiciones requeridas por este Estatuto para serlo; b) por no asistir a tres (3) Asambleas
Ordinarias consecutivas salvo casos evidentemente justificables, en cuyo caso el cese en el carácter de Asociado
deberá ser decidido por la Comisión Directiva a propuesta del Secretario por simple mayoría de votos presentes.-
Esta causal no será aplicable a los Asociados Honorarios; c) por estar ausente del país durante un período de más
de tres años, en cuyo caso el cese en el carácter de Asociado deberá ser decidido por la Comisión Directiva a
propuesta del Secretario por simple mayoría de votos presentes; d) por renuncia; e) por fallecimiento; y/o f) por
expulsión, conforme se establece en los artículos 8° y 9° siguientes. Texto propuesto según solicitudes: Artículo
7º- Pérdida del Carácter de Asociado.- Se perderá el carácter de Asociado: a) por haber dejado de reunir las
condiciones requeridas por este Estatuto para serlo; b) por no asistir a tres (3) Asambleas Ordinarias consecutivas
salvo casos evidentemente justificables, en cuyo caso el cese en el carácter de Asociado deberá ser decidido por
la Comisión Directiva a propuesta del Secretario por simple mayoría de votos presentes.- Esta causal no será
aplicable a los Asociados Honorarios; c) por renuncia; d) por fallecimiento; y/o e) por expulsión, conforme se
establece en los artículos 8° y 9° siguientes. 3. Consideración de la Reforma de Estatuto en su artículo 25 según
lo dispuesto al pie de la presente Convocatoria. (*) (**). Texto vigente: Artículo 25º- Quórum.- Prórrogas.- Las
Asambleas se celebrarán válidamente, excepto en el caso de disolución de la Asociación, sea cual fuere el número
de Asociados concurrentes, media hora después de la fijada en la convocatoria, si antes no se hubiera reunido ya
la mayoría absoluta de los Asociados.- Serán presididas por quien la Asamblea designe de entre los Asociados
presentes, por mayoría simple de votos emitidos.- El Secretario de la Comisión Directiva conducirá la Asamblea
hasta tanto sea elegido quien la presida y luego actuará como secretario hasta su finalización.- Las Asambleas
podrán pasar a cuarto intermedio por una sola vez, debiendo reanudarse la sesión dentro de los treinta (30) días
corridos siguientes, sin necesidad de nueva convocatoria.- Se confeccionarán actas separadas de cada reunión.
Texto propuesto según solicitudes: Artículo 25º- Quórum.- Prórrogas.- Las Asambleas se celebrarán válidamente,
excepto en el caso de disolución de la Asociación, sea cual fuere el número de Asociados concurrentes, media
hora después de la fijada en la convocatoria, si antes no se hubiera reunido ya la mayoría absoluta de los Asociados.-
Serán presididas por quien la Asamblea designe de entre los Asociados presentes, por mayoría simple de votos
emitidos.- El Secretario de la Comisión Directiva conducirá la Asamblea hasta tanto sea elegido quien la presida y
luego actuará como secretario hasta su finalización.- Las Asambleas podrán pasar a cuarto intermedio por una
sola vez, debiendo reanudarse la sesión dentro de los treinta (30) días corridos siguientes, sin necesidad de nueva
convocatoria.- Se confeccionarán actas separadas de cada reunión. Se podrá convocar Asambleas que admitan
la participación de asociados a distancia, en cuyo caso se permitirá que estos asociados estén comunicados por
medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, sujeto al cumplimiento de las formalidades
requeridas por este Estatuto y la normativa legal y reglamentaria vigente. 4. Informe de la Comisión Directiva
relativa a la sugerencia relacionada con nuevos asociados. (*). 5. Informe de la Comisión Directiva sobre la creación
y constitución de una Subcomisión de asociados con el objeto de considerar, examinar y analizar en forma
exhaustiva y pormenorizada una reforma a artículos del Estatuto. 6. Consideración de dos asociados para firmar
el acta de la presente Asamblea Extraordinaria. NOTA *: Sobre la base de cartas recibidas por algunos asociados
en cumplimento del artículo 24 del Estatuto (Asambleas Extraordinarias) con las solicitudes que se describen a
continuación. Las solicitudes referidas a los puntos 1 a 3 expresan contemplar la: “modificación de los Estatutos
para que en la elección de las autoridades se adopte un sistema de voto secreto y directo, por lista completa de
candidatos y se deje sin efecto el sistema actual por el cual el voto de candidatos autoridades debe ser expresado
a viva voz (art. 27); modificación de los Estatutos para eliminar la causal de pérdida de carácter de Asociados por
estar ausente del país durante un periodo de más de tres años (art 7); y modificación de los estatutos para admitir
la participación de los Asociados que prefieran no estar físicamente presentes en Asambleas Ordinarias y
Extraordinarias mediante utilización de medios o plataformas informáticas o digitales (art 25) ”. La solicitud referida
al punto 4 expresa contemplar: “considerando la asamblea extraordinaria solicitada, se sugiere incluir la elección
de nuevos Asociados a propuesta de Comisión Directiva partir de nominaciones formuladas por el Consejo de
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Nominaciones creado en 2022 y/o de otras propuestas que pudieran formularse”. Asimismo, se informa que la
Comisión Directiva no ha generado ni gestionado la necesidad de reformar el Estatuto vigente en esta instancia.
NOTA **: Se recuerda que este punto del Orden del Día (que requiere la aprobación por parte de esta Asamblea
Extraordinaria) deberá contar con el voto favorable de al menos el setenta y cinco por ciento de los asociados
presentes. En el supuesto caso que el punto se votara favorablemente es oportuno recordar los términos del
artículo 404 de las normas de la Inspección General de Justicia (la “IGJ”) que establece que las modificaciones
estatutarias no entrarán en vigencia hasta tanto no sean aprobadas por la IGJ e inscriptas en el Registro Público
a su cargo lo cual deberá ser cumplido. A fin de realizar una Asamblea ordenada, equitativa y debidamente reglada
se establecen las siguientes normas que regirán la misma: I) La Asamblea se desarrollará en idioma nacional. II)
Como se viene realizando, sólo serán válidas las autorizaciones locales para representar asociados/as que
contengan las firmas certificadas y en caso de autorizaciones realizadas en el exterior cumplir con las formalidades
que requiere la ley Argentina (certificación notarial más apostilla o consularización). En caso de dudas por favor
consulta a Secretario.CD@hospitalbritanico.com.ar. III) Previo al tratamiento de los puntos del Orden del Dia se
seguirán las siguientes reglas procedimentales: (i) Palabras introductorias del Presidente de la Comisión Directiva.
(ii) Uso de palabra de asociados/as. Se solicita que aquellos/as asociados/as que deseen hacer uso de la palabra
sobre el Orden del Día, previo al periodo de votación, envíen su solicitud a Secretario.CD@hospitalbritanico.com.
ar antes del 4 de mayo de 2023. A tales efectos se confeccionará una lista de oradores la cual será respetada por
todos los asistentes. (iii) Aquellos/as asociados/as que se han anotado como oradores, gozarán de un máximo 5
minutos para exponer sus opiniones y/o posiciones sobre los puntos del Orden del Día - siempre previo al período
de votación. Asimismo, aquellos anotados como oradores tendrán derecho al uso de la palabra por 2 minutos
adicionales únicamente en caso de que algún/a asociado/a se haya referido a su persona de manera individualizada
(derecho a respuesta). (iv) En consecuencia, una vez iniciado el período de voto se habrá finalizado el uso de la
palabra de los/las asociados/as para llevar a cabo en forma ordenada y concatenada el voto correspondiente a los
puntos del Orden del Día.
Designado según instrumento privado acta reunion consejo comision directiva 87 31/10/2022 ALEJANDRO JAVIER
MANSILLA LOOKWOOD - Presidente
e. 19/04/2023 N° 26509/23 v. 21/04/2023