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N° 6917/2020 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30 - SECRETARÍA NRO. 59

Edictos Judiciales lunes, 24 de abril de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30 - SECRETARÍA NRO. 59

En atención al Acuerdo Conciliatorio (en adelante el “Acuerdo”) arribado en los autos caratulados “ASOCIACION CIVIL

USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS C/BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ORDINARIO” - (Expte. N° 6917/2020),

que tramitan en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 30, a cargo del Dr. Sebastián I.

Sánchez Cannavó, Secretaría N° 59 a mi cargo, el que fuera debidamente homologado, se pone en conocimiento

de aquellos clientes y ex-clientes del Banco Hipotecario S.A. (en adelante el “Banco”), que obran en el Anexo al

Acuerdo y que hubiesen sufrido descuentos sobre importes que les fueran acreditados en concepto de Ingreso

Familiar de Emergencia (IFE), entre el 01/04/20 y el 31/08/20, posteriormente restituidos, que le serán reconocidos

los intereses corridos entre el momento del descuento y el de su devolución, a la tasa activa del Banco Nación

para operaciones de descuento de documentos comerciales a treinta (30) días, aplicándose a su vez idéntica

tasa - hasta el 30/11/2022 - sobre tales intereses. Se reconoce asimismo una bonificación adicional del treinta por

ciento (30%) sobre los intereses a reconocer. Todas las acreditaciones y/o transferencias tendrán lugar dentro de

los sesenta (60) días corridos a contar de la fecha en que haya quedado firme la homologación del acuerdo. Los

clientes con cuenta activa en el Banco percibirán el monto del Acuerdo por medio de acreditación en cuenta. En

relación a los ex-clientes del Banco, el monto correspondiente le será transferido a cuenta de su titularidad abierta

en otro banco o bien a cuenta virtual, a cuyo fin se le requerirá que informe los datos que permitan individualizar

tales cuentas a la Cámara Compensadora Electrónica Argentina S.A. (COELSA). Si alguno de los beneficiarios del

Acuerdo no fuese titular de cuenta alguna, podrá comunicarse con el Banco para concertar la forma de pago, a

través del correo electrónico “ReintegroIFE@hipotecario.com.ar”, a fin que el Banco le informe la Sucursal más

cercana a su domicilio a la cual podrá concurrir para percibir por caja el Importe Individual a Reconocer que

les corresponda, mediante la sola acreditación de su identidad. Quien hallándose alcanzado por el Acuerdo, no

desee formar parte del mismo, podrá hacer conocer su voluntad en tal sentido, en un plazo de cuarenta (40) días

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.155 - Segunda Sección 75 Lunes 24 de abril de 2023

corridos a contar desde la fecha de publicación del presente edicto, mediante presentación en el expediente arriba

individualizado, o bien mediante correo electrónico dirigido a “jncomercial30.sec59@pjn.gov.ar”, no requiriéndose

patrocinio ni fundamentación. Para conocer los términos integrales del acuerdo y el listado de beneficiarios, los

interesados podrán ingresar a la página Web del Banco: “www.hipotecario.com.ar” o bien a la página web de la

Asociación actora “www.ucu.ogr.ar ”. El expediente se puede ver con su número en: http://scw.pjn.gov.ar. Buenos

Aires, 20 de abril de 2023. Sebastián I. Sánchez Cannavó Juez - Juan Martín Arecha Secretario

e. 24/04/2023 N° 27584/23 v. 24/04/2023