N° 6917/2020 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30 - SECRETARÍA NRO. 59
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30 - SECRETARÍA NRO. 59
En atención al Acuerdo Conciliatorio (en adelante el “Acuerdo”) arribado en los autos caratulados “ASOCIACION CIVIL
USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS C/BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ORDINARIO” - (Expte. N° 6917/2020),
que tramitan en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 30, a cargo del Dr. Sebastián I.
Sánchez Cannavó, Secretaría N° 59 a mi cargo, el que fuera debidamente homologado, se pone en conocimiento
de aquellos clientes y ex-clientes del Banco Hipotecario S.A. (en adelante el “Banco”), que obran en el Anexo al
Acuerdo y que hubiesen sufrido descuentos sobre importes que les fueran acreditados en concepto de Ingreso
Familiar de Emergencia (IFE), entre el 01/04/20 y el 31/08/20, posteriormente restituidos, que le serán reconocidos
los intereses corridos entre el momento del descuento y el de su devolución, a la tasa activa del Banco Nación
para operaciones de descuento de documentos comerciales a treinta (30) días, aplicándose a su vez idéntica
tasa - hasta el 30/11/2022 - sobre tales intereses. Se reconoce asimismo una bonificación adicional del treinta por
ciento (30%) sobre los intereses a reconocer. Todas las acreditaciones y/o transferencias tendrán lugar dentro de
los sesenta (60) días corridos a contar de la fecha en que haya quedado firme la homologación del acuerdo. Los
clientes con cuenta activa en el Banco percibirán el monto del Acuerdo por medio de acreditación en cuenta. En
relación a los ex-clientes del Banco, el monto correspondiente le será transferido a cuenta de su titularidad abierta
en otro banco o bien a cuenta virtual, a cuyo fin se le requerirá que informe los datos que permitan individualizar
tales cuentas a la Cámara Compensadora Electrónica Argentina S.A. (COELSA). Si alguno de los beneficiarios del
Acuerdo no fuese titular de cuenta alguna, podrá comunicarse con el Banco para concertar la forma de pago, a
través del correo electrónico “ReintegroIFE@hipotecario.com.ar”, a fin que el Banco le informe la Sucursal más
cercana a su domicilio a la cual podrá concurrir para percibir por caja el Importe Individual a Reconocer que
les corresponda, mediante la sola acreditación de su identidad. Quien hallándose alcanzado por el Acuerdo, no
desee formar parte del mismo, podrá hacer conocer su voluntad en tal sentido, en un plazo de cuarenta (40) días
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.155 - Segunda Sección 75 Lunes 24 de abril de 2023
corridos a contar desde la fecha de publicación del presente edicto, mediante presentación en el expediente arriba
individualizado, o bien mediante correo electrónico dirigido a “jncomercial30.sec59@pjn.gov.ar”, no requiriéndose
patrocinio ni fundamentación. Para conocer los términos integrales del acuerdo y el listado de beneficiarios, los
interesados podrán ingresar a la página Web del Banco: “www.hipotecario.com.ar” o bien a la página web de la
Asociación actora “www.ucu.ogr.ar ”. El expediente se puede ver con su número en: http://scw.pjn.gov.ar. Buenos
Aires, 20 de abril de 2023. Sebastián I. Sánchez Cannavó Juez - Juan Martín Arecha Secretario
e. 24/04/2023 N° 27584/23 v. 24/04/2023