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N° 28242/23 Aviso del Boletín Oficial

BIOSIDUS S.A.U.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 25 de abril de 2023

Texto del aviso

BIOSIDUS S.A.U.

CUIT: 30-59811709-4. Comunica que según Asamblea del 10/03/2023, se resolvió: (i) modificar el artículo 3

del Estatuto Social, el cual quedará redactada de la siguiente manera: “Artículo tercero: OBJETO: La sociedad

tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros, directa o indirectamente y/o asociados a terceros las

siguientes actividades: 1) Farmacéuticos: a) la creación, investigación, desarrollo, elaboración, industrialización,

comercialización, importación y/o exportaciones de productos farmacéuticos, nutracéuticos y sistemas

de diagnóstico, destinados a la salud humana y/o animal, de origen biológico y/o biotecnológico, así como

los productos y procesos intermedios destinados a esos mismos fines; b) la compra, enajenación, venta,

importación, exportación, representación, comisión, cesión y locación, mandato, consignación y distribución

de todas las materias primas, productos y procesos relacionados directa o indirectamente con los productos

indicados, sus partes, componentes y accesorios, así como también de instrumental médico y veterinario, para

uso quirúrgico u otros fines y su negociación en cualquiera de las formas arriba indicadas, dentro del país o

fuera de él; c) la realización de investigaciones científicas relacionadas con los fines de la Sociedad en el campo

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.156 - Segunda Sección 4 Martes 25 de abril de 2023

de la biología molecular, ingeniería genética, la genómica y proteómica, incluyendo específicamente pero no

limitándose, a la terapia génica, a cualquier otra rama de la ciencia que estudie el genoma humano, animal, y

microbiano para la elaboración de principios activos destinado a la salud y nutrición humana y/o animal; y d)

importación, exportación, representación, consignación, desarrollo, elaboración, subdivisión, fraccionamiento,

industrialización, envasamiento, combinación, distribución, permuta, consignación, marketing, promoción,

explotación y comercialización, creación de representaciones comerciales en el país y en el exterior, participación

en licitaciones nacionales, internacionales, consorcios, agrupaciones o cooperativas de explotación, de productos

químicos, biológicos, agroquímicos, farmacéuticos, medicinales, de cirugía, perfumería y limpieza, cosméticos

y veterinarios, homeopáticos, alopáticos, biológicos, medicinales, prótesis, alimenticios, fotografía y óptica, de

productos, licencias, fórmulas y especialidades farmacéuticas y medicinales terminadas o no, sus componentes,

intermedios, drogas, sueros, vacunas y productos de diagnóstico, accesorios e instrumental relacionados con

la elaboración y/o aplicación de los productos indicados en los incisos anteriores y/o de uso médico. Para el

cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá efectuar cualquier tipo de operaciones relacionadas con el mismo,

entre las cuales se entenderán comprendidas: construir, comprar, adquirir, explotar, vender, licenciar, permutar,

dar en pago, usufructuar o arrendar toda clase de bienes muebles, inmuebles, semovientes, mercaderías en

general, marcas de fábrica o de comercio, patentes de invención, tecnologías, privilegios, concesiones nacionales

o extranjeras, valores mobiliarios, títulos, bonos u obligaciones ya sean públicos o privados; dar o tomar licencias

de fabricación o producción, constituir prendas, hipotecas y otros derechos reales, así como dar y tomar dinero

en préstamo con o sin garantías reales o personales, efectuar fusiones parciales u otra comunidad de intereses

con particulares o sociedades o adquirirlas, aceptar agencias o representaciones, construir o arrendas fábricas o

dar en arriendo las propias; realizar toda clase de operaciones de crédito con instituciones bancarias, oficiales o

privadas dentro o fuera del país. La Sociedad podrá realizar además todos los actos jurídicos que tengan relación

directa o indirecta con sus fines sociales, ya sea como antecedentes, relación o consecuencia de la explotación

de sus negocios, en cuyos casos tendrá plena capacidad jurídica para toda clase de actos y contratos para el

ejercicio de todas las acciones a que hubiere lugar sin más limitaciones que las que expresamente establezcan

las leyes o este Estatuto. 2) Financieras y de inversión: ya sea por cuenta propia o en nombre de o asociada con

terceros en la República Argentina o en el exterior, la realización de actividades financieras y operaciones de

inversión, incluyendo, el otorgamiento o la toma de préstamos en dinero, en moneda nacional o extranjera, o de

valores de la deuda pública o privada, a corto, a mediano o a largo plazo; la participación en otras sociedades

nacionales o extranjeras, constituidas o a constituirse y la realización de aportes de capitales a sociedades

nacionales o extranjeras, constituidas o a constituirse, pudiendo efectuar aportes financieros en contratos de

colaboración empresaria, uniones transitorias de empresas, consorcios, “joint ventures” y, en general, en cualquier

otro contrato asociativo; la toma o el otorgamiento de todo tipo de fianzas y/o garantías personales o reales,

gratuitas u onerosas, de terceros o a favor de éstos; el financiamiento de operaciones realizadas o a realizarse,

así como la emisión y compraventa de acciones, debentures, obligaciones negociables y toda clase de valores

mobiliarios y papeles de crédito de cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse y la realización

de todo tipo de inversiones en bienes muebles o inmuebles, valores mobiliarios, públicos o privados, cotizables

o no. Se exceptúan aquellas operaciones financieras que requieran el concurso público y las operaciones que

estuvieren previstas por la Ley de Entidades Financieras No. 21.526. A los fines expuestos, la Sociedad tiene

plena capacidad legal para adquirir derechos, contraer obligaciones, y realizar todo acto no prohibido por la ley

o por este Estatuto.”; y (ii) aprobar un texto ordenado del Estatuto Social. Autorizado según instrumento privado

Asamblea de fecha 10/03/2023

María Fernanda Mierez - T°: 65 F°: 429 C.P.A.C.F.

e. 25/04/2023 N° 28242/23 v. 25/04/2023