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N° 1191/2020 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 5 - SECRETARÍA NRO. 9

Edictos Judiciales martes, 25 de abril de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 5 - SECRETARÍA NRO. 9

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 5 a cargo de la Dra. María Soledad Casazza, Secretaría

Nº 9 a cargo del Dr. Pablo Omar Almide, sito en Avda. Roque Sáenz Peña 1211, Piso 8º, CABA, comunica por

cinco días en el Boletín Oficial, en los autos caratulados “MABEDI S.R.L. s/QUIEBRA”, EXP. N° 1191/2020, que

con fecha 11 de Abril de 2023, se decretó la quiebra de MABEDI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CUIT: 30-71401487-7, con domicilio en la Avenida Corrientes 2311, CABA. Síndico: Mario Enrique Galanti Podesta

con domicilio en CUBA 1960 Piso 2 Depto. C, CABA; tel: 1564167843, correo electrónico: megpodesta@gmail.

com; donde los acreedores deberán concurrir para presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día

07/06/2023 (bajo procedimiento mixto conforme la modalidad y protocolo de actuación fijado en la providencia de

fecha 11.4.23 de público acceso en el expediente). El plazo para formular impugnaciones de los créditos ante la

sindicatura vence el 23/06/2023. La providencia que prescribe el art. 36 de la LCQ será dictada el 25/08/2023. El

Síndico deberá presentar el informe individual de créditos previsto por el art. 35 LCQ el día 10/08/2023 y el informe

general (art. 39 LC) el día 25/09/2023. Los interesados podrán observar la fecha inicial del estado de cesación de

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.156 - Segunda Sección 115 Martes 25 de abril de 2023

pagos hasta el 08/11/2023. Intímese a la fallida y a los terceros que entreguen al síndico los bienes que tengan en su

poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose

a los terceros la prohibición de hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Se intima

al fallido para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio en las presentes actuaciones, bajo apercibimiento de

tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado (art. 88 inc. 6° LCQ). Debe ser librado sin previo pago conforme

lo dispuesto en el art. 273 inc 8) LCQ. Buenos Aires, abril de 2023. PABLO OMAR ALMIDE SECRETARIO

MARIA SOLEDAD CASAZZA Juez - PABLO OMAR ALMIDE SECRETARIO

e. 24/04/2023 N° 27833/23 v. 28/04/2023