N° 27747/23 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14 - SECRETARÍA NRO. 28
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14 - SECRETARÍA NRO. 28
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 14 a cargo del Dr. Pablo D. Frick, Sec. N° 28 a mi cargo, sito en
Callao 635, Piso 2º CABA, hace saber por cinco días que con fecha 11.04.2023 en el marco de la causa caratulada
“Gaspar, Victoria Eusebia s/ quiebra” (Exp. Nro. 18163/2019) se decretó la quiebra de Gaspar Victoria Eusebia
(CUIT Nro. 27-21321075-6) con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen 1548 9º “64” de esta ciudad. Los acreedores
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.157 - Segunda Sección 115 Miércoles 26 de abril de 2023
podrán presentar ante la síndica Analía Leonor Rinaldi (con domicilio constituido en Suipacha 245 piso 7º, CABA;
teléfono 4811-2269/ 5235-3223, e-mail: estudioyaryurarivello@gmail.com), los títulos justificativos de sus créditos
hasta el día 01.08.2023 de acuerdo a la modalidad establecida en el decreto de quiebra, cuya compulsa podrá
ser efectuada mediante la página web provista por el Poder Judicial http://scw.pjn.gov.ar. El síndico presentará los
informes que disponen los arts. 35 y 39 los días 13.09.2023 y 27.10.2023 -respectivamente-. Se intima a la quebrada
y a los 3ros. para que entreguen al síndico los bienes de la deudora que tengan en su poder y se hace saber la
prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces; asimismo, se intima a la fallida y a sus
administradores para que dentro de las 48 hs. constituyan domicilio en el lugar de tramitación, bajo apercibimiento
de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Por otro lado, se hace saber que los ex-dependientes
de la quebrada deberán requerir ante el síndico el certificado de servicios prestados, dentro del plazo de dos (2)
años contados a partir de la última publicación. A ese fin deberán concurrir a sus oficinas personalmente o por
medio de persona debidamente autorizada, con la documentación que acredite su relación laboral. El arancel
verificatorio (art. 32, LCQ) deberá ser transferido a la caja de ahorro en pesos Nº 000001110201688355 con CBU
0290000110000016883557 abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires de titularidad de Pablo Mariano
Yaryura (CUIT 20-24036719-0). Publíquese por 5 días sin necesidad de pago previo.
Buenos Aires, abril de 2023.
Pablo D. Frick Juez - Martin Sarmiento Laspiur Secretario
e. 24/04/2023 N° 27747/23 v. 28/04/2023