N° 29676/23 Aviso del Boletín Oficial
FIDUCIARIA EL CLUB CARDALES S.A.
Texto del aviso
FIDUCIARIA EL CLUB CARDALES S.A.
Por Esc Pública 24/04/2023 Registro 2036 se constituye FIDUCIARIA EL CLUB CARDALES S.A. 1) Socios: Adrián
Leonardo SARACO, argentino, empresario, casado en primeras nupcias con Magdalena Fonda, nacido el 26/03/1970,
DNI 21.484,093, CUIL/CUIT 20-21484093-7, domiciliado en Avenida Dorrego 1940, PB, dpto. “G”, CABA y Elizabeth
Adriana CASTIÑEIRA, argentina, soltera y no estar en unión convivencial, nacida el 20/04/1975, hija de Rodolfo
Mauricio Catiñeira y de Teresa Enriqueta Renzi, DNI 24.547.072, CUIL/CUIT 27-24547072-5, domiciliada en Luis
María Campos 3336, Localidad de Villa Bosch, Partido de Tres de Febrero, Pcia. de Bs. As. 2) Duración: 30 años. 3)
OBJETO. La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia sí o de terceros y/o asociada a terceros, en el país
o en el extranjero, la realización de las siguientes actividades: 1) Compra, venta, administración e inversión en toda
clase de bienes inmuebles, urbanos y rurales, ubicados en la República Argentina o en el exterior, pudiendo realizar
todas las operaciones financieras, comerciales o no, necesarias o convenientes para la concreción del presente
objeto social.- 2) La compra, venta, permuta, adquisición y/o transferencia por cualquier título oneroso incluyendo
permisos adquiridos por compra, cesión, transferencia, posesión, fusión, u otorgamiento por parte del poder
público, pudiendo al efecto solicitar de los gobiernos nacionales, provinciales, municipales, permisos y concesiones
de toda clase de bienes inmuebles aptos para cualquier destino.- 3) Desarrollar emprendimientos y/o conjuntos
inmobiliarios, fraccionamientos, loteos, subdivisión, incluso por el régimen de propiedad horizontal, urbanización,
parcelamiento, organización, aprovechamiento, explotación y/o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad
horizontal, bajo cualquier modalidad jurídica nominada o innominada, incluyendo la compraventa, locación,
arrendamiento, leasing, fideicomiso, concesión, contrato de hospedaje, contrato de garaje, cesión, contratos por
los cuales se constituyan y/o transmitan derechos reales y/o derechos personales o creditorios de todo género de
inmuebles, propios y/o de terceros, sean urbanos o rurales, situados en la República Argentina o en el exterior, con
las finalidades y/o destinos que, con sujeción a la normativa vigente, se estimare en cada caso más convenientes,
tales como viviendas, oficinas comerciales y/o profesionales, locales comerciales y/o centros de comercialización
a cualquier escala, explotación de establecimientos hoteleros, apart-hoteles, hosterías, hospedaje, alojamiento,
tiempos compartidos, shopping center, galerías comerciales, garajes, cocheras, playas de estacionamiento,
loteos, countries, barrios cerrados, centros deportivos, recreativos, turísticos y/o de esparcimiento, restaurante y
bar, sus instalaciones, accesorios y/o complementarios para servicios y atención de sus clientes.- 4) Construcción,
refacción, financiación y administración de inmuebles urbanos o rurales, pudiendo asimismo construir edificios
para renta o comercio, proyecto, dirección, administración y ejecución de obras públicas y privadas, de proyectos
relacionados con la construcción, refacción y/o demolición de edificios comprendidos o no dentro de la legislación
de propiedad horizontal, de pavimentos, edificios, barrios privados, clubes de campo, incluso bajo el régimen
de Propiedad Horizontal y Propiedad Horizontal especial para conjuntos inmobiliarios.- 5) Aporte e inversión de
capitales, suscripción de acciones, la compra, venta e inversiones de títulos, acciones y toda clase de valores
y papeles de cualquiera de los sistemas y modalidades creados o a crearse, tanto sea de empresas o estados,
argentino como extranjeros.- 6) Actuar como fiduciaria en los términos de los artículo 1666 y siguientes del Código
Civil y Comercial de la Nación o norma que en el futuro lo reemplace, especialmente fideicomisos de administración,
inmobiliarios y de gerenciamiento, excepto fideicomisos financieros.- 7) Efectuar cualquier actividad mandataria
mediante la realización de toda clase de mandatos con o sin representación, inclusive de carácter fiduciario,
en las condiciones permitidas por las leyes y reglamentos vigentes.- 8) Otorgar o recibir préstamos en dinero o
en especie a todo tipo de sociedades como asimismo particulares, pudiendo constituir o transferir hipotecas,
prendas, cauciones u otras garantías o derechos u otorgamientos de créditos y la realización de todo tipo de
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.159 - Segunda Sección 8 Viernes 28 de abril de 2023
operaciones financieras con el fin de dar cumplimiento con el presente objeto social. A tal fin, la sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer y afianzar obligaciones, y ejercer los actos que no
sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.- 4) Capital: $ 100.000 representado por 100 acciones $ 1.000
valor nominal y 1 voto por acción. Suscriben: Adrián Leonardo SARACO: Suscribe noventa y cinco (95) acciones
ordinarias nominativas no endosables, de mil pesos valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción,
o sea, noventa y cinco mil pesos ($ 95.000,00); y Elizabeth Adriana CASTIÑEIRA: Suscribe cinco (5) acciones
ordinarias nominativas no endosables, de mil pesos valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción,
o sea, cinco mil pesos ($ 5.000,00). 5) Administración: 1 a 5 Directores e igual o menor número de suplentes, por
3 ejercicios. 6) Sindicatura: prescinde. 7) Cierre Ejercicio: 31/12. Sede social: Paraguay 1233, 11° piso, CABA. 8)
Directorio: Presidente: Adrián Leonardo SARACO, Director Suplente: Elizabeth Adriana CASTIÑEIRA. Aceptan
cargo y constituyen domicilio especial en sede social. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 99 de fecha
24/04/2023 Reg. Nº 2036
carolina andrea bigliani - Matrícula: 5184 C.E.C.B.A.
e. 28/04/2023 N° 29676/23 v. 28/04/2023