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N° 51/61 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 103 - SECRETARÍA ÚNICA

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 28 de abril de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 103 - SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional de 1° Instancia en lo Civil N° 103, sito en Avda. de los Inmigrantes N° 1950 Piso 1°, CABA,

a cargo del Juez Eduardo Alejandro Caruso, Sec. Única, comunica por 2 días en el Boletín Oficial, que en

autos caratulados “MONASTERSKY, JORGE C/ FRUHWIRTH, HUGO FRANCISCO Y OTRO S/EJECUCION DE

HONORARIOS – MEDIACION” CIV 034808/2021. La martillera Nancy Adriana Columbaro CUIT 27123535664 Cel.

1165896587 Rematará en la Dirección de Subastas sito en Jean Jaures N° 545 CABA, El lunes 08 de mayo de 2023

a las 12:00 hs, el inmueble sito en la calle Colombres N° 51/61 de CABA. Nomenclatura Catastral: Circ. 06, Sec. 36,

Manzana 120, Parcela 39ª. La parcela está ubicada en barrio de Almagro, cuenta con una superficie de 1.066,35

m2 y superficie edificada de 2624,- m2. Actualmente funciona como garaje con estacionamiento por mes, semana,

días y hora. En planta baja hay una oficina y un baño, en primer piso hay un espacio cerrado con cortina metálica

en la cual habitan con permiso de los propietarios, en forma gratuita señora con sus dos hijos, según informó el

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.159 - Segunda Sección 72 Viernes 28 de abril de 2023

Sr. Godoy, quien me recibió en el acto de constatación. El edificio tiene 43 Espacios de cocheras en planta baja y

47 en el 1er piso. Tiene importante capacidad constructiva para desarrollo inmobiliario. Deudas AGIP $ 1.653.473

al mes de agosto 2022 y AySA $ 43.917,73 al 8/11/2022 Fs. 274 al 277 más los reajustes de práctica. BASE:

Dólares U$S 1.680.000. Se aceptarán solo dólares estadounidenses billete, Art 765/766 del CCCN- SEÑA 30%,

COMISION 3% más 21% IVA, CSJN 0,25%, Impuestos de sellos 1%. La compra deberá efectivizarse en efectivo

y sin posibilidad de compensar. Todos los gastos incluyendo sellos transferencias corren a cargo del comprador.

Al contado y al mejor postor. No procede la compra “en comisión” ni la cesión de boleto. En caso de actuar

mediante poder, el martillero anunciará de forma inmediata y a viva voz el nombre del poderdante. No se autoriza

la compra por mandato tácito, en los términos dispuestos por el art. 17 del Reglamento de la Oficina de Subastas

(Resolución 60/2005, Consejo de la Magistratura). En el acto de suscribir el respectivo boleto de compraventa,

quien o quienes resulten compradores, deben constituir domicilio legal dentro del radio de la Capital Federal,

bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad

previstas en el art. 133 del CPCC. Se hace saber al adquirente, que dentro del quinto día de aprobado el remate,

deberá depositar en autos el saldo de precio, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del CPCC. No

corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas

y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza

para solventarlas, conforme lo dispuesto por el Superior en el Acuerdo Plenario del 18 de febrero de 1999, en

los autos “Servicios Eficientes SA c/ Yabra Roberto s/ Ejecución hipotecaria”. Para concurrir al remate el público

deberá inscribirse previamente a través de la web del Alto Tribunal (www.csjn.gov.ar) ingresando al link Oficina de

Subastas-tramites: turnos registro y deberá presentarse el día y hora asignado en Jean Jaures 545 Planta baja,

CABA, con el formulario que indica el sitio aludido. EXHIBICION: 4 y 5 de mayo 2023 de 11Hs a 15 H. CABA, Se

deja constancia ADEMAS QUE Teniendo en consideración que la base de la subasta fue expresada en dolares

americanos y siendo de público conocimiento que se torna dificultosa - en multiplicidad de ocasiones - obtener la

moneda referida, se hace saber a la martillera, partes y a los eventuales oferentes que en caso de resultar algún

interesado adquirente en el acto podrá satisfacer las obligaciones que asume abonando en pesos de curso legal

la cantidad suficiente para obtener los dolares según cotización (Dolar MEP) del día del remate.- Hágase constar

en los edictos ordenados.-

Buenos Aires, de abril de 2023. Firmado: Dr. Eduardo Alejandro Caruso, Juez. Conste. Eduardo A. Caruso Juez

nacional en lo civil

e. 28/04/2023 N° 29466/23 v. 02/05/2023