N° 160/22 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS
EDICTO: por disposición del Sr Presidente Dr. Roberto M. López Arango; se ha ordenado comunicar la parte
resolutiva en lo pertinente de fs. 277 y vta., de la causa FPA 91001995/2010/TO1 caratulado “GUIDO SEBASTIAN
IGNACIO SOBRE USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART. 296) ” que tramitara ante este Tribunal
Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación del SOBRESEIMIENTO de Sebastián Ignacio
GUIDO, DNI N° 28.377.904, de la supuesta comisión del delito tipificado en el art. 296 en relación al art. 292 del
C.P., Uso de Documento Público Falso, de los destinados a acreditar la titularidad de vehículos automotores, de
acuerdo al siguiente texto que se transcribe “RESOLUCIÓN Nº160/22 ///raná, 8 de junio de 2022. VISTO: El presente
expediente FPA 91001995/2010/TO1 caratulado “GUIDO SEBASTIAN IGNACIO SOBRE USO DE DOCUMENTO
ADULTERADO O FALSO (ART. 296) ” y, CONSIDERANDO:…RESUELVE: 1.- DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN
PENAL por prescripción (arts. 59 inc. 3º y 62 inc. 2º del C.P.) y, en consecuencia, SOBRESEER (arts. 336 inc. 1º
y 361 del C.P.P.N.) a Sebastián Ignacio GUIDO, argentino, sin sobrenombre ni apodo, DNI n° 28.377.904, soltero,
de ocupación empleado, nacido el 11/10/1980 en Capital Federal, provincia de Buenos Aires, de instrucción
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.161 - Segunda Sección 68 Martes 2 de mayo de 2023
universitaria incompleta, domiciliado en Aristóbulo del Valle N° 1277 departamento Tigre, provincia de Buenos
Aires, hijo de Jorge Alberto Guido (f) y Deborah Patricia Hettema, por el delito de tipificado en el art. 296 en
relación al art. 292 del C.P., Uso de Documento Público Falso, de los destinados a acreditar la titularidad de
vehículos automotores. 2.- EXIMIR de costas al sobreseído (art. 531 del C.P.P.N.).3.- TENER PRESENTE el acuerdo
N° 7/16 de este Tribunal en relación a los efectos secuestrados. REGISTRESE, publíquese, notifíquese, líbrense los
despachos del caso y, en estado, archívese. Fdo.: ROBERTO M. LOPEZ ARANGO, PRESIDENTE, Ante mí Valeria
Iriso Secretaria de Cámara.” Dr. Roberto M. Lopez Arango Juez - Dra. Valeria Iriso Secretaria de Cámara
e. 02/05/2023 N° 30232/23 v. 08/05/2023