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N° 160/22 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS

Edictos Judiciales miércoles, 3 de mayo de 2023

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS

EDICTO: por disposición del Sr Presidente Dr. Roberto M. López Arango; se ha ordenado comunicar la parte

resolutiva en lo pertinente de fs. 277 y vta., de la causa FPA 91001995/2010/TO1 caratulado “GUIDO SEBASTIAN

IGNACIO SOBRE USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART. 296) ” que tramitara ante este Tribunal

Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación del SOBRESEIMIENTO de Sebastián Ignacio

GUIDO, DNI N° 28.377.904, de la supuesta comisión del delito tipificado en el art. 296 en relación al art. 292 del

C.P., Uso de Documento Público Falso, de los destinados a acreditar la titularidad de vehículos automotores, de

acuerdo al siguiente texto que se transcribe “RESOLUCIÓN Nº160/22 ///raná, 8 de junio de 2022. VISTO: El presente

expediente FPA 91001995/2010/TO1 caratulado “GUIDO SEBASTIAN IGNACIO SOBRE USO DE DOCUMENTO

ADULTERADO O FALSO (ART. 296) ” y, CONSIDERANDO:…RESUELVE: 1.- DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN

PENAL por prescripción (arts. 59 inc. 3º y 62 inc. 2º del C.P.) y, en consecuencia, SOBRESEER (arts. 336 inc. 1º

y 361 del C.P.P.N.) a Sebastián Ignacio GUIDO, argentino, sin sobrenombre ni apodo, DNI n° 28.377.904, soltero,

de ocupación empleado, nacido el 11/10/1980 en Capital Federal, provincia de Buenos Aires, de instrucción

universitaria incompleta, domiciliado en Aristóbulo del Valle N° 1277 departamento Tigre, provincia de Buenos

Aires, hijo de Jorge Alberto Guido (f) y Deborah Patricia Hettema, por el delito de tipificado en el art. 296 en

relación al art. 292 del C.P., Uso de Documento Público Falso, de los destinados a acreditar la titularidad de

vehículos automotores. 2.- EXIMIR de costas al sobreseído (art. 531 del C.P.P.N.).3.- TENER PRESENTE el acuerdo

N° 7/16 de este Tribunal en relación a los efectos secuestrados. REGISTRESE, publíquese, notifíquese, líbrense los

despachos del caso y, en estado, archívese. Fdo.: ROBERTO M. LOPEZ ARANGO, PRESIDENTE, Ante mí Valeria

Iriso Secretaria de Cámara.” Dr. Roberto M. Lopez Arango Juez - Dra. Valeria Iriso Secretaria de Cámara

e. 02/05/2023 N° 30232/23 v. 08/05/2023