N° 34050/23 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28 - SECRETARÍA NRO. 55
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28 - SECRETARÍA NRO. 55
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 28, a cargo de la Dra. María José Gigy Traynor,
Secretaría N° 55, a mi cargo, sito en la calle Montevideo 546 3° piso de CABA comunica por dos días en el Boletín
Oficial en los autos “Nexo Pharmaceutical Group S.A. s/Quiebra s/Incidente de Venta” Expte.Nro. 20504/2018/6,
que el martillero Carlos Alejandro Menéndez (Cuit 20-14626733-6) rematará el 16 de junio de 2023 a las 10:45
hs. puntual en calle Jean Jaures 545 CABA los siguientes Certificados de Especialidad Medicinal: N° 55947:
pantoprazol sódico sesquihidratado -incluye sus dos variantes-, N° 53390: carboximetilcelulosa sódica, N° 54854:
omeprazol sódico -incluye sus tres variantes-, N° 45093: omeprazol y N° 54067: ciprofloxacino -incluye sus dos
variantes de titularidad de Nexo Pharmaceutical Group S.A., CUIT 30- 70735437-9. Condiciones de venta: al
contado, en efectivo y al mejor postor. Bases: U$S 1.300.- cada certificado de especialidad medicinal. De no
haber interesados, una vez transcurrida media hora los certificados serán subastados sin base. El precio de
venta puede ser abonado por quien resulte adquirente en subasta en dólares estadounidenses billete o en su
caso, mediante el pago en moneda de curso legal a la cotización promedio entre comprador y vendedor que
exprese al día del remate el portal “dólarhoy.com” para el denominado “dólar contado con liquidación”. Deberá
abonarse la totalidad del precio de venta en el acto del remate más comisión del 10% y el arancel de subasta
del 0,25% correspondiente a las Acordadas 10/99 y 24/00 CSJN. De acuerdo a lo dictaminado por la AFIP, la
venta de los certificados se encuentra exenta del pago de IVA. La persona que adquiera los certificados deberá
estar debidamente habilitada ante la ANMAT en los términos de la Ley Nº 16.463 y sus normas reglamentarias y
complementarias en el rubro especialidades medicinales, poseer Certificado de Inscripción de Establecimiento
en el referido rubro y su número de legajo que acredite dicha inscripción en el registro, rigiéndose la transferencia
de titularidad de dichos certificados por la Ley 16463 y lo dispuesto en la Disposición 858/1989 y Circular 6/16
de ANMAT y normas reglamentarias. No se aceptará la compra en comisión, ni la cesión del boleto, debiendo el
martillero suscribir éste con quien realmente formule la oferta como comprador. El adquirente, en el acto del remate,
deberá anunciar el nombre del poderdante, en caso de invocar poder, el cual deberá ser exhibido al martillero en
el acto. Se hace saber a los interesados que por las deudas por todo concepto que registren los certificados
anteriores a la declaración de quiebra deberán presentarse a iniciar el correspondiente incidente de verificación de
crédito. En cuanto a las posteriores a tal fecha y hasta que el comprador haya podido razonablemente inscribir los
certificados a su nombre, deberán comparecer en el presente proceso acompañando la documentación pertinente
que acredite su acreencia y, previa comprobación de sus importes por parte del síndico, serán satisfechas a tenor
de lo dispuesto por la LC. 240. Con respecto a las deudas posteriores a la inscripción que deberá ser efectivizada
por el adquirente dentro de los diez días de aprobada la subasta, serán a cargo del comprador. Para participar
del remate los interesados deberán inscribirse previamente a través de la web www.csjn.gov.ar ingresando al link
Oficina de Subastas-Trámites: turnos registro, y deberá presentarse el día y hora asignado en Jean Jaures 545 PB,
CABA, con el formulario que indica el mencionado sitio. El presente edicto deberá publicarse sin previo pago (art.
273 inc. 8 LCQ). Buenos Aires 10 de mayo de 2023. PABLO DEMIÁN BRUNO SECRETARIO
e. 12/05/2023 N° 34050/23 v. 15/05/2023