N° 34870/23 Aviso del Boletín Oficial
COMPAÑIA DE REDES DE TELECOMUNICACIONES S.A.
Texto del aviso
COMPAÑIA DE REDES DE TELECOMUNICACIONES S.A.
CUIT 30717028399. AVISO DE SUSCRIPCIÓN PREFERENTE. COMPAÑÍA DE REDES DE
TELECOMUNICACIONES S.A. Correlativo IGJ nro. 1960958 (la “Sociedad”) hace saber a sus accionistas en
los términos del art. 194 de la Ley General de Sociedades que, en virtud de lo resuelto en Asamblea General
Extraordinaria celebrada el 07/02/2023 (la “Asamblea”) se ha resuelto aumentar el capital social de la Sociedad por
suscripción por hasta la suma de $ 49.000.000 mediante la emisión de 490.000 acciones ordinarias nominativas
no endosables de $ 100 valor nominal cada una y que confieren derecho a un voto por acción a ser emitida. Se
ofrece, consecuentemente, entre la totalidad de los accionistas, la posibilidad de suscripción, sobre las acciones
mencionadas; y derecho de acrecer, en proporción a las acciones que haya suscripto en razón de este aumento.
El derecho de acrecer solo podrá ser ejercido por los accionistas que hubiesen ejercitado integralmente su
derecho de preferencia. El ejercicio del derecho de suscripción preferente deberá ejercitarse dentro de los diez
días corridos, contados a partir del siguiente día al de la última publicación legal del llamado a suscripción, Las
órdenes de suscripción y acrecer deberán ser notificadas en forma fehaciente, en la sede social sita en la calle
Cuba 4710 de CABA. La voluntad irrevocable de acrecer deberá manifestarse al tiempo del ejercicio del derecho
de preferencia. Vencido el plazo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, y la manifestación de la
voluntad irrevocable de acrecer, el Directorio, en su primera reunión inmediata a celebrarse dentro del décimo día
hábil al cierre de dicho plazo, adjudicará las acciones que respectivamente correspondan a los accionistas que
hubiesen ejercitado integralmente su derecho de preferencia y hubiesen manifestado su voluntad de acrecer, con
aplicación para ello de las reglas que anteceden. Precio de Suscripción: A valor nominal, es decir $ 100 por cada
acción que confiere derecho a 1 voto por acción, en el acto de la suscripción. Forma de Integración de las Acciones:
Las nuevas acciones se integrarán mediante la capitalización de las cuentas particulares de cada accionista y/o en
dinero en efectivo. En caso de integración en dinero en efectivo deberá realizarse por un monto no inferior al 25%
del valor de las acciones suscriptas y el 75% restante deberá integrarse en cualquier momento dentro del plazo de
dos (2) años contados a partir de la suscripción de las nuevas acciones. La mora en la integración de las nuevas
acciones se producirá en forma automática por el mero vencimiento de los plazos, conforme los art. 192 y 193
de la LGS y la Sociedad podrá demandar el cumplimiento o la resolución del contrato más los daños y perjuicios.
Autorizado según escritura nro. 43 de fecha 30/03/2023 FOLIO 161 Registro 18 San Isidro PBA. Autorizado según
instrumento público Esc. Nº 43 de fecha 30/03/2023 Reg. Nº 18
Nicolàs Liporace - Matrícula: 5497 C.E.C.B.A.
e. 15/05/2023 N° 34870/23 v. 17/05/2023