N° 35817/23 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 17 a cargo del Dr. Federico A. Güerri, Secretaría
N° 34, a cargo del Dr. Fernando Delgado sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 3°, CABA, comunica, por el término
de cinco días, que el 05.05.2023 se decretó la quiebra del Sr. PRIOLI GABRIEL EDUARDO (DNI: 16.542.993)
Expte. Nro. 10.220/2016. El síndico designado es el Cdr. Salvador Antonio La Spina, con domicilio electrónico
20122993001 y domicilio procesal en Cerrito 1136, piso 9° (teléfono 4814-0204). Hágase saber a los acreedores
que deberán solicitar ante la sindicatura, la verificación de sus créditos y presentar los títulos justificativos de
los mismos hasta del 11.07.2023, haciendo saber que vencido el plazo dispuesto no será recibida pretensión
verificatoria alguna.- Se deja constancia que los pedidos verificatorios deberán ser remitidos mediante correo
electrónico a: do@estudiolorenti.com en formato PDF.- Los aludidos instrumentos deberán ser suscriptos con
firma electrónica o digital, o bien – llegado el caso – ológrafa previamente impuesta sobre las piezas en cuestión,
haciendo saber que la totalidad de las piezas que se envíen tendrán el carácter de declaración jurada, con todas
las consecuencias que ello implica.- La fecha de envío del correo electrónico pertinente, valdrá como fecha de
presentación de la insinuación verificatoria. Para el caso de encontrarse el crédito sujeto al pago del arancel
previsto en la LCQ 32 deberá adjuntar también el comprobante de pago correspondiente.- Para su pago, deberá
realizarse mediante transferencia a la siguiente cuenta bancaria: cuenta única Nro. 762019892/5 del Banco
Santander Río SA, perteneciente a Cristina Nieberding (CUIT Nro. 20-10084364 4), alias: LASTRE.LOMO.MANERA,
CBU: 0720762688000001989254. A los fines de garantizar el derecho impugnatorio reglado por el art. 34 y art 200
de la ley 24522, los interesados podrán requerir copia de los legajos formados con las distintas insinuaciones a la
casilla de e-mail del funcionario concursal y, en caso de formular observaciones, deberán atenerse –a los fines de
su presentación– a las modalidades precedentemente dispuestas.- El 6.09.2023 y el 20.10.2023 se presentarán
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.172 - Segunda Sección 58 Miércoles 17 de mayo de 2023
los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ.- Intimar al fallido y a terceros, dentro de las 72 hs. de notificados
y bajo apercibimiento de girar las actuaciones a Sede Penal, pongan a disposición de la Sindicatura los bienes del
deudor que tengan en su poder, prohibir la realización de pagos al fallido y recibir pagos de aquel, y hacer saber
que en dicho supuesto de efectuarse, serán declarados ineficaces de pleno derecho en los términos del art. 109
LCQ.- Buenos Aires, 16 de Mayo de 2023.- FERNANDO DELGADO SECRETARIO
e. 17/05/2023 N° 35817/23 v. 23/05/2023