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N° 35817/23 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34

Edictos Judiciales viernes, 19 de mayo de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 17 a cargo del Dr. Federico A. Güerri, Secretaría

N° 34, a cargo del Dr. Fernando Delgado sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 3°, CABA, comunica, por el término

de cinco días, que el 05.05.2023 se decretó la quiebra del Sr. PRIOLI GABRIEL EDUARDO (DNI: 16.542.993)

Expte. Nro. 10.220/2016. El síndico designado es el Cdr. Salvador Antonio La Spina, con domicilio electrónico

20122993001 y domicilio procesal en Cerrito 1136, piso 9° (teléfono 4814-0204). Hágase saber a los acreedores

que deberán solicitar ante la sindicatura, la verificación de sus créditos y presentar los títulos justificativos de

los mismos hasta del 11.07.2023, haciendo saber que vencido el plazo dispuesto no será recibida pretensión

verificatoria alguna.- Se deja constancia que los pedidos verificatorios deberán ser remitidos mediante correo

electrónico a: do@estudiolorenti.com en formato PDF.- Los aludidos instrumentos deberán ser suscriptos con

firma electrónica o digital, o bien – llegado el caso – ológrafa previamente impuesta sobre las piezas en cuestión,

haciendo saber que la totalidad de las piezas que se envíen tendrán el carácter de declaración jurada, con todas

las consecuencias que ello implica.- La fecha de envío del correo electrónico pertinente, valdrá como fecha de

presentación de la insinuación verificatoria. Para el caso de encontrarse el crédito sujeto al pago del arancel

previsto en la LCQ 32 deberá adjuntar también el comprobante de pago correspondiente.- Para su pago, deberá

realizarse mediante transferencia a la siguiente cuenta bancaria: cuenta única Nro. 762019892/5 del Banco

Santander Río SA, perteneciente a Cristina Nieberding (CUIT Nro. 20-10084364 4), alias: LASTRE.LOMO.MANERA,

CBU: 0720762688000001989254. A los fines de garantizar el derecho impugnatorio reglado por el art. 34 y art 200

de la ley 24522, los interesados podrán requerir copia de los legajos formados con las distintas insinuaciones a la

casilla de e-mail del funcionario concursal y, en caso de formular observaciones, deberán atenerse –a los fines de

su presentación– a las modalidades precedentemente dispuestas.- El 6.09.2023 y el 20.10.2023 se presentarán

los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ.- Intimar al fallido y a terceros, dentro de las 72 hs. de notificados

y bajo apercibimiento de girar las actuaciones a Sede Penal, pongan a disposición de la Sindicatura los bienes del

deudor que tengan en su poder, prohibir la realización de pagos al fallido y recibir pagos de aquel, y hacer saber

que en dicho supuesto de efectuarse, serán declarados ineficaces de pleno derecho en los términos del art. 109

LCQ.- Buenos Aires, 16 de Mayo de 2023.- FERNANDO DELGADO SECRETARIO

e. 17/05/2023 N° 35817/23 v. 23/05/2023