N° 37381/23 Aviso del Boletín Oficial
CORIPA S.A.
Texto del aviso
CORIPA S.A.
CUIT 30-57500980-4. 1) Reforma: “ARTICULO OCTAVO: La dirección y administración está a cargo del directorio
integrado por uno a cinco titulares, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se
incorporaran al Directorio por el orden de su designación. El término de su elección es de tres años. La asamblea
fijara el número de directores, así como su remuneración. El directorio sesionara con la mitad más uno de sus
integrantes y resuelve por mayoría de los presentes: en caso de empate el Presidente desempatara votando
nuevamente. En su primera reunión designara un Presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares designar
un Vicepresidente, que suplirá al primero en su ausencia o impedimento. El directorio tiene amplias facultades de
administración y disposición, incluso las que requieran poderes especiales a tenor de lo legislado en el Código
Civil y Comercial de La Nación. Podrá especialmente, operar con toda clases de Bancos, Compañías Financieras o
entidades crediticias oficiales y privadas; dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración
u otros con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales y
realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. La
representación legal de la sociedad corresponde al presidente del directorio o al vicepresidente, quienes en forma
indistinta tendrán el uso de la firma social. En caso de ausencia o impedimento de ambos, podrán ser sustituidos
por dos directores quienes deberán actuar en forma conjunta y con las mismas facultades conferidas a aquellos. En
GARANTIA de sus funciones los titulares constituirán un seguro de caución por la suma que la Inspección General
de Justicia determine o cualquiera de las modalidades admitidas como tales en las resoluciones vigentes de la
autoridad administrativa de control y por los montos indicados. En el desempeño de su cargo, los administradores
deberán tener en cuenta en sus decisiones y actuaciones los efectos de dichas decisiones o actuaciones con
respecto a los intereses de (i) la Sociedad, (ii) sus socios, (iii) empleados y (iv) los clientes, proveedores y otras
partes vinculadas a la Sociedad. Asimismo, deberán velar por la protección del ambiente. El cumplimiento de la
obligación antedicha por parte de los administradores sólo podrá ser exigible por los socios y la Sociedad.”. 2) Por
acta del 16/05/2023 renuncian los directores Sr. Alberto Dal Farra, a su cargo de Presidente, y el Sr. Federico Del
Farra, como Director Suplente. Las mismas son aceptadas. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 144 de
fecha 19/05/2023 Reg. Nº 603
NORBERTO VICTOR FALBO - Matrícula: 3242 C.E.C.B.A.
e. 22/05/2023 N° 37381/23 v. 22/05/2023