N° 38691/23 Aviso del Boletín Oficial
EVERPLAST S.R.L.
Texto del aviso
EVERPLAST S.R.L.
CUIT 30-65072747-5. Por Acta de Reunión de socios del 10/01/2023 se reformaron los artículos 3º y 5º del
contrato social, quedando redactados asi: “ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por OBJETO: Realizar por
cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: a)
INDUSTRIALES: Mediante la producción, fabricación, armado, manufactura toda clase de actividad industrial
tendiente a la obtención de piezas, matrices, productos y otros bienes de la rama de los plásticos, y elementos
necesarios para su elaboración.- b) COMERCIALES: Mediante la compra, venta, importación, exportación,
comercialización, distribución, almacenamiento, transporte, de productos y mercaderías relacionadas con el
rubro industrial, incluyendo sus partes, repuestos y accesorios.- La realización de todos los negocios conexos,
el ejercicio de representaciones, mandatos, comisiones, y consignaciones.- c) IMPORTACION Y EXPORTACION:
Mediante la importación y exportación en general. En el desarrollo de las actividades descritas en el objeto
social, la Sociedad además de crear valor económico procurará generar un impacto material, social y ambiental,
en beneficio de la sociedad, el ambiente y las personas o partes vinculadas a ésta.” “ARTICULO QUINTO:
Administración y representación: La administración, representación legal y uso de la firma social será ejercida por
uno o más socios, de manera indistinta, con el cargo de “gerentes” por el término de duración de la sociedad,
pudiendo ser removidos con las mayorías del artículo 160 de la ley general de sociedades.- En tal carácter, tienen
todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad. En el
desempeño de su cargo, los administradores deberán tener en cuenta en sus decisiones y actuaciones los efectos
de dichas decisiones o actuaciones con respecto a los intereses de (i) la Sociedad, (ii) sus socios, (iii) empleados
y (iv) los clientes, proveedores y otras partes vinculadas a la Sociedad. Asimismo, deberán velar por la protección
del ambiente. El cumplimiento de la obligación antedicha por parte de los administradores sólo podrá ser exigible
por los socios y la Sociedad”.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 83 de fecha 17/05/2023 Reg. Nº 6
San Isidro
María Marcela Olazabal - T°: 53 F°: 838 C.P.A.C.F.
e. 29/05/2023 N° 38691/23 v. 29/05/2023