N° 31/20 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16 - SECRETARÍA NRO. 32
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16 - SECRETARÍA NRO. 32
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 16, a cargo del Dr. Diego Manuel Paz Saravia,
Secretaría Nº 32, que desempeña el Dr. Pedro Manuel Crespo, sito en Av. Callao 635 P. B. de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, comunica que con fecha 10.04.2023 se decretó la quiebra de “ de KALIFON S.A. (CUIT30-
66130590-4), en el proceso caratulado: “KALIFON S.A.s/Quiebra” (Expte. 18.579/2022). La síndica designada en
la causa es la contadora Mónica Lía Lewandowski, con domicilio constituido en la calle Bartolomé Mitre 1617 6º 1
de CABA, Tel.: (11) 3675-0647, ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos
hasta el día 07.06.2023 vía mail: monicalewandowski46@gmail.com. Se hace saber que los pedidos de verificación
de créditos deberán: (a) ser enviados única y exclusivamente a la dirección de email provista por la sindicatura a
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.181 - Segunda Sección 103 Jueves 1 de junio de 2023
tal fin; (b) individualizar en el “asunto” el nombre del pretenso acreedor, del proceso concursal y de su número de
expediente; (c) detallar en el cuerpo del correo electrónico cada uno de los adjuntos, entre los que necesariamente
debe incluir el escrito de solicitud de verificación y la documental fundante de la pretensión verificadora. Se
hace saber que los documentos informáticos deberán ajustarse a lo establecido en la Acordada N° 31/20 CSJN,
Anexo II “Protocolo de Actuación – Sistema Informático de Gestión Judicial”, apartado III.; (d) contener un archivo
denominado “arancel verificatorio”, con la constancia de la transferencia de la suma correspondiente al arancel;
(e) denunciar, junto con la información identificatoria del acreedor que exige el art. 32 de la LCQ, la dirección de
correo electrónico y un teléfono de contacto para que la sindicatura pueda comunicarse en caso de ser necesario,
a los fines previstos en el inc. d del art. 33 de la LCQ. Los datos de la cuenta bancaria donde deberántransferirse
los montos correspondientes al arancel verificatorio (art. 32de laL.C.) son: Banco ICBC –caja de ahorro en pesos
N° 0501/1362370//40 CBU0150501601000362370404. Los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ, deberán
presentarse los días 07.07.2023 y 31.08.2023, respectivamente. Intímese a la fallida para que cumpla con lo dispuesto
en el art. 86 de la LCQ en un plazo de cinco días y que, una vez que la sindicatura sea designada, entregue al
síndico los libros contables y la documentación relacionada en un plazo de 24 hs. Prohíbese hacer entrega de
bienes y/o pagos a la fallida so pena de considerarlos ineficaces. Intímase a la fallida y a sus administradores a
constituir domicilio procesal dentro del radio del Juzgado dentro de las 48 hs., bajo apercibimiento de notificarle
las sucesivas resoluciones en los estrados del Juzgado. Publíquese por cinco días en el Boletín Oficial. En Buenos
Aires, 26 de abril de 2023. FDO: PEDRO MANUEL CRESPO.SECRETARIO DIEGO MANUEL PAZ SARAVIA Juez -
PEDRO MANUEL CRESPO SECRETARIO
e. 29/05/2023 N° 38753/23 v. 02/06/2023