N° 40631/23 Aviso del Boletín Oficial
ITEMUNET S.A.
Texto del aviso
ITEMUNET S.A.
Rectifica aviso del 10/5/23 TI 33254/23, Escritura 31/5/23, Esc Manry, Fº 567, se modifica Art 3 queda así: “Objeto:
Articulo Tercero:... Servicios Asistenciales: a) La sociedad podrá prestar por sí o por intermedio de terceros
contratados al efecto, el servicio de asistencia al viajero en toda la República Argentina y en el exterior del
país. La asistencia al viajero cubrirá, entre otros, los gastos de atención médica del beneficiario, intervenciones
quirúrgicas, internaciones, hospitalizaciones, atenciones adontológicas, los gastos de medicamentos, traslados y
repatriaciones de heridos, enfermos y fallecidos, los gastos de asesoramiento jurídico en caso de procesamiento
del beneficiario en el exterior del país a raíz de accidentes, no teniendo esta enumeración carácter taxativo. La
sociedad podrá hacer extensivos sus servicios asistenciales a los viajeros hacia cualquier otro aspecto que pueda
ser de interés o utilidad para los mismos. Para cumplimentar tales prestaciones podrá contratar profesionales
médicos, legales, odontólogos, sanatorios, organizaciones asistenciales específicas, estudios jurídicos y/o cualquier
prestador, en cualquier parte del mundo; b) La sociedad podrá prestar por sí a través de terceros los servicios de
asistencia al vehículo, en toda la República Argentina y en el exterior de país; c) podrá prestar por sí o a través de
terceros también servicios de asistencia al hogar que incluye urgencias domiciliarias, servicios de plomería, gas,
electricidad, cerrajería, cristalería, vigilancia y seguridad, albañilería, carpintería, reparación de electrodomésticos,
pintura y cualquier tipo de prestación que concierna a servicios de mantenimiento y reparaciones domiciliaria.
A fin de prestar el servicio, la sociedad contratará a terceros prestadores idóneos y legalmente habilitados.- La
sociedad podrá comercializar sus servicios en forma directa a través de agentes o de terceros en cualquier parte
del mundo, y ofrecer sus servicios en el mercado corporativo o empresario, o en cualquier otro que se adapte a la
naturaleza de los servicios. También podrá recurrir a cualquier modalidad de comercialización de sus productos,
tales como la venta a usuarios finales o la venta por capitación, sin que esta enumeración sea excluyente de
otras que existen en la actualidad o puedan surgir en el futuro. Aquellas actividades que así lo requieran serán
efectuadas por profesionales con título habilitante. Representaciones, Mandatos y Servicios: La sociedad podrá
ejercer la representación de empresas o personas, nacionales o extranjeras, comisiones y mandatos. La sociedad
podrá realizar todas las actividades concernientes y/o directa o indirectamente vinculadas con el desarrollo y
cumplimiento de su objeto social y todo acto, gestión o servicio conexo o relativo al objeto social aquí enunciado,
pudiendo asimismo realizar todas las actividades, actos y operaciones que tengan vinculación con las enunciadas
teniendo plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones, participar en sociedades y llevar a cabo
todos los actos jurídicos no prohibidos por las leyes aplicables”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 133
de fecha 05/05/2023 Reg. Nº 1500
Marìa Victoria Manry - Matrícula: 5458 C.E.C.B.A.
e. 02/06/2023 N° 40631/23 v. 02/06/2023