N° 1884/2016 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 22 - SECRETARÍA NRO. 44
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 22 - SECRETARÍA NRO. 44
El Juz. Nac. de 1º Inst. Com. 22, a cargo de la Dra. MARGARITA R. BRAGA, Sec. 44, interinamente a mi cargo,
sito en Marcelo T. de Alvear 1840 - Piso 3° CABA, comunica en autos “Molino Nuevo SA s/ quiebra s/ incidente de
venta inmueble Coronel Pringles (exp. N° 1884/2016/11) ”, el llamado a mejora de oferta hasta las 13:30 horas del
día 29 de junio de 2023, por la compra del inmueble propiedad de la fallida sito en Leandro N. Alem 981, Coronel
Pringles, Provincia de Buenos Aires (matrícula 4298, Nomenclatura Catastral: XIII; D; manzana 353, parcela uno-a).
La oferta a mejorar es de U$S 12.337,50, más la comisión de los enajenadores e IVA en caso de corresponder. Los
interesados deberán presentar escrito electrónico, acreditando documentadamente la personería, denunciando
el domicilio real o legal y fijando procesal y electrónico (por lo que la presentación deberá venir con patrocinio
letrado), constancia vigente de CUIT/CUIL y, en su caso, profesión, edad, estado civil y copia del documento del
oferente, consignando el precio ofertado y acompañando constancia que acredite el depósito en garantía de una
suma equivalente al 10% de dicho monto, el que se efectivizará en dólares en el Bco. de la Ciudad de Buenos
Aires, Suc. Tribunales, cuenta L° 914 F° 183 DV 2 (denominada Molino Nuevo SA s/ quiebra -exp. 1884/2016/11-
inc. de venta inmueble Coronel Pri) (CBU: 02900759- 10247091401838 y CUIT: 30-99903208-3). El depósito en
garantía y saldo de precio podrán cancelarse en pesos al tipo de cambio dólar MEP del día anterior al pago,
los que deberán ingresarse en la cuenta en pesos L° 871 F° 358 DV 0 (denominada Molino Nuevo SA quiebra
vta inmueble Pringles inc. de exp 1884/2016/11) (CBU: 02900759- 00247087103585 y CUIT: 30-99903208-3). El
depósito en garantía deberá haber ingresado efectivamente en la cuenta de autos al tiempo de formular la oferta,
no se admitirán transferencias pendientes. De no resultar adjudicatario, el depósito en garantía se devolverá
únicamente por transferencia judicial (vía CBU) a la cuenta bancaria del oferente que éste denuncie vinculada a
su CUIT/CUIL. No se admitirán cuentas de terceros. Sólo los oferentes que hayan cumplido los recaudos tendrán
derecho a participar de la audiencia de mejora. En dicho acto, se asentarán las mejoras que se fueren expresando,
como única condición se requiere que cada nueva oferta supere a la anterior en al menos la suma de U$S 1.000.
La adjudicación recaerá sobre la oferta más alta. El monto finalmente ofrecido deberá depositarse dentro del
tercer día de notificado el auto de adjudicación, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso (art. 584 del CPC).
En el caso que el adjudicatario no integre el saldo de precio, se procederá a realizar una nueva adjudicación que
recaerá en la oferta que haya obtenido el segundo lugar. La adjudicación podrá resolverse: a) por incumplimiento
del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones asumidas a raíz de la operación y contenidas en este llamado
a ofertar. La mora operará de pleno derecho y producirá la caducidad de los plazos. La falta de pago en término
del saldo de precio provocará la pérdida del importe depositado a ese momento, ello sin mengua del reclamo
por daños y perjuicios que pueda deducir la quiebra en razón del incumplimiento alegado; b) por presentación en
concurso de acreedores o petición de propia quiebra, o quiebra decretada del adjudicatario con pérdida de las
sumas abonadas. No se admite la compra en comisión, ni la cesión de derechos ni la sustitución de poderes. Las
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.184 - Segunda Sección 104 Martes 6 de junio de 2023
deudas previas al decreto de quiebra deberán verificarse en los términos del art. 32 y ccs. LC. Las posteriores
revestirán el carácter de gastos de concurso. Al comprador sólo le serán exigibles las deudas que se hubieren
devengado con posterioridad a que tome posesión del inmueble. Los gastos, tasas e impuestos que demande
la transferencia del bien y su escrituración, como así también los honorarios del escribano, serán a cargo del
comprador. Exhibición: 16/06/2023 de 15:30 a 17 hs. y el 17/06/2023 de 10 a 11:30 hs. Audiencia de apertura de
sobres y mejoras para el día 30 de junio de 2023 a las 10:00 horas. Para más información consultar el expediente
mediante la página web del Poder Judicial de la Nación. Publíquese por dos (2) días en el Boletín Oficial. DRA
MARGARITA R. BRAGA Juez - DR. CHRISTIAN ANDRES RIOS VALDES SECRETARIO INTERINO
e. 05/06/2023 N° 41421/23 v. 06/06/2023