N° 42042/23 Aviso del Boletín Oficial
NACION SERVICIOS S.A.
Texto del aviso
NACION SERVICIOS S.A.
(CUIT 33-62136455-9).- ESCRITURA 44 del 22.05.2023. Registro Notarial 40. ACTA DE DIRECTORIO 776 del
23.03.2023 y Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria 77 del 27.04.2023, mediante plataforma digital
Microsoft TEAMS, que permite la transmisión en audio y video y grabado de la reunión, Con la presencia del 100%
del capital social y decision unanime se APROBO: la modificación del artículo 3° del Estatuto Social de NACIÓN
SERVICIOS S.A., el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo N° 3: La sociedad tiene por objeto
realizar, por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros, en el territorio de la República Argentina y/o en el
extranjero en los casos pertinentes, las siguientes actividades: 3.1 Desarrollo y provisión a terceros de todo tipo de
servicios basados en tecnología para la actividad financiera; incluyendo a modo ejemplificativo: (a) desarrollo y
provisión de servicios para transferencias electrónicas de monedas, dinero virtual, criptomonedas y/o cualquier
tipo de activos digitales autorizados por una autoridad reguladora nacional competente y/o el Banco Central de la
República Argentina; (b) servicios, software y hardware conocidos o por conocer para la desmaterialización total
o parcial e ingreso en sistemas de anotaciones en cuenta de títulos circulatorios o negociables, como así para toda
otra actividad comprendida en su objeto social; (c) todo tipo de servicios tecnológicos y/o informáticos de soporte
vinculados a actividades financieras, lo que contempla la fabricación, importación, exportación, soporte técnico,
distribución y comercialización de productos, equipos, insumos, contenidos y/o hardware de todo tipo relacionados
con el cumplimiento de su objeto social; d) Todo tipo de actividades relacionadas con el asesoramiento y la
prestación de servicios para el Banco de la Nación Argentina, las empresas vinculadas, y para cualquier otra
entidad pública y/o privada. 3.2 Prestación de servicios de procesamiento y/o transmisión de datos vinculados a
la actividad financiera, incluyendo a modo ejemplificativo el procesamiento y/o transmisión de datos referidos a:
(a) títulos circulatorios o negociables desmaterializados; (b) todo tipo de activos digitales autorizados por una
autoridad reguladora nacional competente y/o el Banco Central de la República Argentina; (c) la emisión y/o
adquirencia y/o procesamiento de tarjetas de crédito, débito, pago o similares y/o de transferencias directas entre
cuentas abiertas en entidades financieras o proveedores de servicios de pago, billeteras virtuales, billeteras
interoperables y/o cualquier otro medio electrónico/informático conocido o por conocer, y/o medios de pago en
cualquiera de sus formas; (d) administración y ventas; e) carga y descarga de valores por medios electrónicos o
magnéticos; f) seguridad financiera; g) gestión automatizada de procesos, digitalización y asesoramiento en línea
por sí o por medio de terceros; h) intercambio de divisas; i) conectividad entre los distintos participantes de estos
sistemas; j) cualquier otro servicio accesorio, relacionado y/o conexo a las actividades descriptas en el título del
presente. 3.3 Explotación de sistemas de transmisión electrónica de transacciones con entidades y/o sus clientes,
incluyendo, a modo ejemplificativo: (a) prestación de servicios electrónicos de gestión, pagos y/o cobranzas por
cuenta y orden de terceros de facturas de servicios públicos, impuestos, créditos, otros servicios y similares; (b)
administración de servicios de pago de bienes y servicios cuyos destinatarios sean consumidores finales, por
cuenta y orden de terceros; (c) actividades de emisión y/o adquirencia de tarjetas de crédito, débito, pago y/o
similares, o de agrupador, agregador o facilitador de pagos para programas de pagos con tarjetas, (d) provisión de
cuentas de pago y/o billeteras digitales y/o billeteras digitales interoperables y/o cualquier otro medio o instrumento
tecnológico destinado a la realización de cobros y pagos, conocido o por conocer, (e) actividades en rol de
aceptador y/o cualquier otro rol regulatoriamente admitido en esquemas de transferencias inmediatas en el marco
de todo esquema de pago creado, impulsado o regulado por el Banco Central de la República Argentina como,
por ejemplo “Transferencias 3.0” o los que en el futuro lo complementen, integren o reemplacen; (f) desarrollo,
difusión, representación, almacenamiento, procesamiento y/o comercialización de archivos, bancos de datos e
información de todo tipo para uso comercial, de control, administrativo, estadístico, y/o financiero, entre otros; (g)
la gestión de servicios de pagos de salarios, de pago a proveedores y de recolección de recaudaciones; (h)
Servicios de agente de registro o anotaciones en cuenta de títulos valores materiales o desmaterializados y de
letras hipotecarias escriturales y/o mercado o cámara compensadora de títulos valores materiales o
desmaterializados; i) Acordar con distintas personas físicas y/o jurídicas nacionales y/o extranjeros, dentro o fuera
del territorio de la República Argentina acuerdos de colaboración empresarial, asociación, agencia, representación
para la prestación de servicios de terceros y/o adición de servicios propios y/o de terceros que funcionen de forma
accesoria al giro comercial, a modo ejemplificativo, servicios de carga de saldo de telefonía celular y/o tarjetas
prepagas y/o aplicativos de servicios de streaming y/o sistemas de boleto electrónico de transporte público (tales
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.185 - Segunda Sección 11 Miércoles 7 de junio de 2023
como, SUBE, Red Bus, Movi, Saeta, etc); 3.4 Intermediación de contratos de seguros generales, en carácter de
agente institorio y Administración de redes de agencias complementarias de servicios financieros. A modo
ejemplificativo podrá: a) evaluar/analizar, pre-conceder, conceder, promover, comercializar, ceder y administrar
préstamos o contratos de crédito de cualquier tipo a personas físicas y/o jurídicas, y realizar todo otro tipo de
operaciones financieras que la legislación autorice que no estén reservadas en exclusividad para las sociedades
comprendidas en la Ley N° 21.526 -y sus modificatorias y reglamentaciones- y toda otra por la que se requiera
ahorro público y una autorización de autoridad pública; emitir, descontar, comprar y vender letras de cambio,
pagarés, obligaciones negociables, facturas, cheques, y otros títulos valores o valores negociables típicos o
atípicos; realizar operaciones con instrumentos derivados; realizar operaciones de leasing financiero; establecer
servicios de atención al cliente y/o cobranza judicial y extrajudicial; realizar operaciones en el mercado de capitales
o fuera del ámbito de bolsas o mercados de valores autorizados, en la medida de que no se trate de actividades
prohibidas o sin obtener -en su caso la autorización de la Comisión Nacional de Valores, u organismo que a futuro
lo reemplazare; otorgar todo tipo de garantías respecto de obligaciones propias o de terceros; b) llevar a cabo
actividades de inversión y de asistencia de cualquier tipo en negocios nuevos o existentes, emprendimientos y/o
instituciones de capital emprendedor, los cuales podrán, sin que implique limitación, estar constituidos como
personas jurídicas o no, y/o bajo cualquier figura contractual. 3.5 Prestación de los siguientes servicios. a) Servicio
de monitoreo de fraude para entidades públicas y/o privadas; b) Servicio de fuerza de ventas multicanal (presencial
y telefónica), para la comercialización de productos y servicios del BNA y de Nación Seguros; c) Gestión y
Administración de negocios a través de plataformas digitales para la comercialización de productos y servicios
para el BNA como para entidades públicos o privadas; d) Servicio de Call Center para el BNA, sus empresas
vinculadas y/u organismos públicos. 3.6 Contratos de Fideicomiso. Suscribir contratos de fideicomisos en calidad
de fiduciante, fiduciaria, beneficiaria y/o fideicomisaria. 3.7 Sistema Único de Boleto Electrónico. Implementación,
gestión y administración del Proyecto Sistema Único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.), a cuyos efectos actuará
dentro del marco de las disposiciones legales y normas reglamentarias previstas para cada caso. 3.8 Administración
de Aportes. La administración de aportes voluntarios, como así también de los depósitos convenidos oportunamente
transferidos a la ANSeS y el correspondiente pago de beneficios. Con tales fines, la sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo todos los actos que no sean prohibidos por las
leyes, o reglamentos o este estatuto. Para el cumplimiento de todo lo indicado en los incisos anteriores, y también
de modo independiente, la sociedad podrá realizar todas las actividades principales, relativas y/o accesorias
requeridas, tales como, a modo ejemplificativo: prestar servicios de asesoramiento, capacitación y consultoría en
las materias descriptas en el presente; desarrollo, mantenimiento y/o actualización de productos de software,
software embebido o insertado, portales web, plataformas o aplicaciones informáticas, tanto en web como móviles,
destinadas para el uso de terceros (centro de servicios compartidos), presentación de servicios de diseño,
codificación, implementación, soporte a distancia, resolución de incidencias, adición de funciones y garantía o
asesoramiento de software, prestación de servicios de outsourcing tecnológico, actualización, perfeccionamiento
y capacitación de usuarios respecto de un producto de software o funcionalidad adicional desarrollada; como así
asociarse o establecer convenios de colaboración y/o vinculación con personas físicas o jurídicas, públicas o
privadas, nacionales, extranjeras, intra, inter, multi o supranacionales para tales fines y, en general, todo acto que
no resulte notoriamente extraño a su objeto social; ni prohibido por las leyes y regulaciones que le son aplicables.
A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todo
acto que no esté prohibido por las leyes o por este estatuto” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 44 de
fecha 22/05/2023 Reg. Nº 40
Maricel Fernandez - Matrícula: 4600 C.E.C.B.A.
e. 07/06/2023 N° 42042/23 v. 07/06/2023