N° 43930/23 Aviso del Boletín Oficial
GRUPO AV S.R.L.
Texto del aviso
GRUPO AV S.R.L.
Por Escritura 84 del 5/6/2023 ante la Escribana Maria Gabriela INSUA, titular del Registro número 75, del Partido
de Lomas de Zamora, Prov de Bs As. Socios: cónyuges en primeras nupcias Diego Hernán VERZINO, argentino,
15/4/1985, DNI 31.446.764, CUIL 20-31446764-8, Empresario y Luciana Paola LIMA, argentina, 23/12/1982, DNI
29.846.793, CUIL 27-29846793-9, Contadora Publica, ambos domiciliados en San Luis 480, de la Ciudad de
Turdera, Partido de Lomas de Zamora. Plazo: 30 años; Objeto: La Sociedad tiene por objeto realizar, ya sea
por cuenta propia de terceros o asociada a terceros, tanto en la República Argentina como en el exterior, las
siguientes actividades: Servicios de gestión, dirección y asesoramiento integral, fabricación y venta de productos
de ventilación y equipos gastronómicos (campanas de cocina, extractores de aire, ventiladores de techo e
industriales); productos elaborados en metal; artículos elaborados en plástico; artículos de iluminación; máquinas,
herramientas y materiales conexos. Se excluyen todas las actividades que en virtud de la materia hayan sido
reservadas a profesionales con título habilitante. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir
derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto;
Capital: 100.000, representado por DIEZ MIL (10.000) Cuotas de pesos DIEZ ($ 10) de valor nominal cada una y
con derecho a 1 voto por cuota; SUSCRIPCIÓN: Diego Hernán VERZINO, 5.000 cuotas (50%) y Luciana Paola
LIMA, 5.000 cuotas (50%). Integración: 100% efectivo; Cierre del Ejercicio: 31/12; Sede Social: Junín 245, Piso 2º,
Unidad Funcional 5, CABA; Gerente: Diego Hernán VERZINO, con domicilio especial en la sede social; Prescinde
de Sindicatura. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 84 de fecha 05/06/2023 Reg. Nº 75
MARTIN FELIPE PARLATORE SIRITTO - Notario - Nro. Carnet: 6117 Registro: 63005 Adscripto
e. 13/06/2023 N° 43930/23 v. 13/06/2023