N° 44632/23 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO FEDERAL EN LO CIVIL, COMERCIAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Texto del aviso
JUZGADO FEDERAL EN LO CIVIL, COMERCIAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Y LABORAL DE POSADAS - SECRETARÍA CIVIL Y COMERCIAL - MISIONES
El Juzgado Federal de 1º Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y Contencioso Administrativo, a cargo del Dr.
JOSE LUIS CASALS, Secretaria CIvil y Comercial, sito en Avda. Mitre Nº 2358, 5to. piso de esta ciudad de Posadas,
Misiones notifica a la Asociación MERCOSUR de Aguas Abiertas la sentencia recaída en autos: “FPO 21000158/2011
FRAGA BETANCUR, MARÍA DE LOS ÁNGELES Y OTROS c/ ASOC. MERCOSUR DE AGUAS ABIERTAS Y OTROS
s/DAÑOS Y PERJUICIOS” que dice: “Posadas, Misiones. Vistos:... Resulta: ... Fallo: 1.- Rechazar las excepciones
de falta de legitimación pasiva, pago y prescripción incoadas por La Caja de Seguros SA. 2.- Declarar abstracto
el planteo de litispendencia incoado por La Caja de Seguros SA. 3.- Rechazar la demanda contra UABL SA y
UABL Paraguay SA, con costas a la actora. 4.- Hacer lugar a la demanda de María de los Ángeles Fraga por sí y
en representación de su hijo menor Santiago Nicolás Bacigalupi-, Enrique Francisco Ruzecki, Ana María Stefañuk
y Victorio Sessa y condeno a los demandados Asociación MERCOSUR de Aguas Abiertas, Hugo Alberto Alfonso,
Prefectura Naval Argentina, Provincia de Misiones y La Caja de Seguros SA en forma solidaria a abonarles: a
María de los Ángeles Fraga la suma de pesos sesenta y cinco millones setecientos treinta y cinco mil ochocientos
cuarenta y ocho con noventa y cuatro ctvos. ($ 65.735.848,94); a la misma María de los Ángeles en representación
de su hijo menor Santiago Nicolás Bacigalupi la suma de pesos treinta y seis millones cuatrocientos noventa mil
ciento cincuenta y uno con noventa y cuatro ctvos. ($ 36.490.151,94); a Enrique Francisco Ruzecki la suma de
pesos ochocientos treinta y un mil setecientos catorce con veintiún ctvos. ($ 831.714,21); a Ana María Stefañuk
la suma de pesos tres millones setecientos ochenta y siete mil trescientos cincuenta y uno con dieciséis ctvos.
($ 3.787.351,16); a Victorio Miguel José Sessa, la suma de pesos doscientos treinta mil doscientos catorce con
veinticinco ctvos. ($ 230.214,25). A ello deberá agregarse a su vez la tasa activa del Banco de la Nación Argentina
para el descuento de documentos comerciales, desde que cada suma hubiera sido percibida (conforme el cuadro
obrante en los considerandos) y hasta su efectivo pago. 5.- Rechazar la demanda interpuesta por Laura Inés Berra
y José Antonio Bacigalupi en lo que hace al daño material alegado. 6.- Condenar a los co-demandados Asociación
MERCOSUR de Aguas Abiertas, Hugo Alberto Alfonso, Prefectura Naval Argentina, Provincia de Misiones y La
Caja de Seguros SA a abonar a María de los Ángeles Fraga, Laura Inés Berra, José Antonio Bacigalupi, Enrique
Francisco Ruzecki, Ana María Stefañuk y Victorio Miguel José Sessa en concepto de daño moral la suma de pesos
dos millones ($ 2.000.000) para cada uno de ellos; y a María de los Ángeles Fraga en representación de su hijo
menor Santiago Nicolás Bacigalupi, la suma de pesos seis millones ($ 6.000.000). A las sumas deberá adicionarse
la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para el descuento de documentos comerciales desde el 16/01/2010
-fecha en que acaeció el siniestro- y hasta su efectivo pago. 7.- Rechazo la indemnización requerida por el daño
psicológico. 8.- Imponer las costas del proceso a las perdidosas, Asociación MERCOSUR de Aguas Abiertas,
Hugo Alberto Alfonso y Prefectura Naval Argentina, en un 70%; y a la Provincia de Misiones y La Caja de Seguros
SA en un 30%. A su vez, en el último caso, la condena tiene como límite el monto de cobertura conforme póliza nro.
5140-9897491-01. Por su parte, por el rechazo de la demanda contra UABL SA y UABL Paraguay SA, impongo las
costas a los actores. 9.- Diferir la regulación de los emolumentos profesionales hasta que se proporcione la base
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.197 - Segunda Sección 104 Lunes 26 de junio de 2023
arancelaria de autos (art. 24, ley 27.423). 10.- Oportunamente, devuélvase la documental reservada en Caja Fuerte
de esta Secretaría y foliada en autos. 11.- Protocolícese. Notifíquese personalmente o por cédula electrónica.
Oportunamente, archívese. //Fdo.Dr. José Luis Casals.” Para que dentro del término de cinco (05) días comparezca
a ejercer su derecho de defensa. Publíquese edictos en la forma prevista por el art. 145 CPCC por dos (2) días en
el Boletín Oficial y en un diario de mayor circulación local. Posadas, 08 de junio de 2023.- JOSÉ LUIS CASALS
Juez - FELICITAS MARÍA BIRÉ BARBERÁN SECRETARIA
e. 23/06/2023 N° 44632/23 v. 26/06/2023