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N° 47066/23 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 2

Edictos Judiciales lunes, 26 de junio de 2023

Texto del aviso

JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 2

- SECRETARÍA NRO. 4 - SAN ISIDRO - BUENOS AIRES

El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de San Isidro, Secretaría N° 4, sito en la calle General Paz

506 de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, notifica y emplaza a JORGE GASTÓN MÁRQUEZ GARCÍA (DNI

31.982.724) para que de conformidad con lo normado por el art. 150 C.P.P.N., en el plazo de 3 días desde la

última publicación de edictos, comparezca ante el Tribunal a los efectos de prestar declaración indagatoria, bajo

apercibimiento de declaración de rebeldía y orden de detención en caso de incomparecencia injustificada, en el

marco de la causa N° FSM 10309/2023 caratulada: “Márquez García, Jorge Gastón s/hurto”. En la oportunidad

de comparecer, podrá designar abogado de su confianza para que lo asista, dentro del término de tres (3) días,

bajo apercibimiento de tener por designado a tales efectos al Sr. Defensor Público Oficial (arts. 104 y siguientes

C.P.P.N.).

Sin perjuicio de lo antes mencionado, como recaudo legal transcribo el decreto que así lo dispone: “…San Isidro,

12 de junio de 2023.- … II.- Toda vez que se ha configurado el estado de sospecha previsto en el ordenamiento

adjetivo (art. 294 y siguientes del C.P.P.N), recíbasele declaración indagatoria a Jorge Gastón Márquez García (DNI

31.982.724). En virtud de lo documentado por la prevención, toda vez que se desconoce su actual paradero y que

se encontraría en situación de calle (fs. 2 y 4/10), empláceselo por el término de cinco (5) días a través de edictos

en el Boletín Oficial (cf. art. 150 del C.P.P.N.), con el objeto de que comparezca personalmente ante esta judicatura,

dentro del término de tres (3) días (a contar desde la última publicación), a los fines de recibírsele declaración

indagatoria (arts. 294 y siguientes del C.P.P.N.), bajo apercibimiento de declaración de rebeldía en miras a concretar

su inmediato traslado compulsivo hacia la sede del tribunal, en caso de incomparecencia injustificada (arts. 280,

288 y 289 del C.P.P.N.). A la vez, en los edictos, hágasele saber que podrá designar abogado de su confianza para

que lo asista, dentro del término de tres (3) días, bajo apercibimiento de tener por designado a tales efectos al

Sr. Defensor Público Oficial (arts. 104 y siguientes C.P.P.N.)... Fdo. Lino Mirabelli -Juez Federal- Ante mí: Gonzalo

Luis Coelho -Secretario-”. Lino Mirabelli Juez - Gonzalo Luis Coelho Secretario Lino Mirabelli Juez - Gonzalo Luis

Coelho Secretario

e. 23/06/2023 N° 47066/23 v. 29/06/2023